HomeMy WebLinkAboutRESOLUCIÓN CREG 001 - Resolución CREG 001 de 2000Repliblica de Colombia
Ministerio de Minas y Energia
RESOLUCION NUMERO 0 0 3 DE 19
159 ENE 2000 I
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la
remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema
general de cargos de1 Sistema National de Transporte.
LA COMISI6N DE REGULACIdN DE ENERGfA Y GAS
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en
especial las conferidas por las leyes 142 de 1994, y 10s decretos
1523 y 2253 de 1994.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 14 de la Ley 142 de 1994, la
actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria de1
servicio pdblico domiciliario de gas combustible;
Que el Articulo 73.11 de la Ley 142 de 1994, faculta a la CREG para establecer
fhmulas para la fijacih de las tarifas de 10s servicios ptiblicos;
Que el Articulo 87 de la Ley 142 de 1994, establece 10s criterios bajo 10s cuales se
debe definir el regimen tarifario;
Que de acuerdo con el Articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la CREG puede
establecer topes mtimos y minimos de tarifas;
Que en el Art. 92 de la Ley 142 de 1994 se establece que en las fhmulas
tarifarias las Comisiones garantizarti a 10s usuarios a lo h-go de1 tiempo 10s
beneficios de la reduccih promedia de costos en las empresas que prestan el
servicio;
Que mediante Resolucih CRE-019 de 1994 se fijC, la tarifa de transporte para la
empresa PROMIGAS S.A.;
Que mediante Resolucih CREG-017 de 1995, incorporada posteriormente en la
Resolucih CREG-057 de 1996, se estableci6 la metodologia y 10s cargos por uso
de1 sistema de transporte de1 interior, y se adoptaron 10s procedimientos para
regular el uso de1 sistema de transporte de1 Centro;
Que mediante Resolucih CREG-048 de 1995, incorporada posteriormente en la
Resolucih CREG-057 de 1996, se estableci6 la metodologia y 10s cargos por uso
de1 sistema de transporte de1 Centro;
RESOLUCION NUMERO 001 DE 19 2 @ EN!! 2000 2122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Que para la definition de1 valor de las inversiones consideradas en las
Resoluciones CREG-017 de 1995 y CREG-048 de 1995 solo se disponian de
estimativos de 10s costos de las inversiones correspondientes a 10s gasoductos
Ballena-Barranca y Mariquita-Cali;
Que la empresa transportadora ECOGAS, propietaria de la capacidad de 10s
gasoductos Ballena - Barranca y Mariquita - Cali, fue creada mediante la Ley 401
de 1997 sancionada con posterioridad a la expedition de las Resoluciones CREG-
017 de 1995 y CREG-048 de 1995;
Que mediante la Resolution CREG-057 de 1995, incorporada posteriormente en
la Resolution CREG-057 de 1996, se establecieron 10s cargos por uso de1 sistema
de transporte de la empresa PROGASUR S.A.;
Que la vigencia de1 period0 tarifario de las Resoluciones CRE-0 19 de 1994,
CREG-017 de 1995, CREG-048 de 1995 y CREG-057 de 1995 concluyo durante
el ario de 1998;
Que mediante la Resolution CREG-028 de 1999 se establecieron y se sometieron
a consulta 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de
gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte;
Que luego de analisis internos en la Comision se considera necesario efectuar
modificaciones a la Resolution CREG-028 de 1999, con base en las observaciones
presentadas por 10s Agentes,entre las cuales se pueden mencionar las
relacionadas con las alternativas de esquemas de cargos, las defmiciones, la
utilization de la Demanda Maxima de Capacidad y la Capacidad Contratada y la
formula de actualization de cargos, entre otras;
Que la Comision de Regulation de Energia y Gas en su sesion No 114 de1 dia 6
de noviembre de 1999, aprobo la adoption de 10s criterios y el esquema general
de remuneration de1 servicio de transporte;
Que la Comision de Regulation de Energfa y Gas, en su sesion No. 119 de1 dia 20
de enero de1 ario 2000, acordo expedir la presente resolution con fecha de esta
sesion;
RESUELVE:
ARTfCULO lo.-OBJETO.Esta Resolution tiene por objet0 establecer 10s
criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de
gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte.
ARTiCULO 2” .-DEFINICIONES. Para la interpretation de esta Resolution se
tendran en cuenta las siguientes definiciones:
Agentes: Personas naturales o juridicas entre las cuales se dart las relaciones
tecnicas y/o comerciales de compra,venta, suministro y transporte de gas
natural, comenzando desde la production y pasando por 10s Sistemas de
Transporte hasta alcanzar el punto de salida de un usuario. Son Agentes 10s
Productores-comercializadores, 10s Comercializadores, 10s Transportadores, 10s
Distribuidores, 10s Usuarios No Regulados y 10s Almacenadores.
.4%,
RESOLUCION NUMERO iw DE 19 20 ENE 2000 3122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Boletin Electrbnico de Operaciones :Pggina web de libre acceso, que despliega
informacih comercial y operational relacionada con 10s servicios de un
Transportador, en la cual se incluyen 10s cargos regulados y 10s convenidos entre
Agentes por servicios de transporte, el Ciclo de Nominacih, el Programa de
Transporte, las ofertas de liberacih de capacidad y de suministro gas, las
Cuentas de Balance de Energia y demhs informacih que establezca el RUT.
Capacidad Mkima de1 Gasoducto: Capacidad m&ma de transporte diario de
un gasoducto definida por el Transportador, calculada con modelos de din&&a
de flujo de gas utilizando una presih de entrada de 1.200 psig, las presiones
para 10s diferentes puntos de salida de1 mismo y 10s par&metros especificos de1
fluid0 y de1 gasoducto.
Cargo Promedio Convenido: Cargo equivalente por la prestacih de servicios de
transporte a un grupo de Remitentes, resultante de dividir 10s ingresos obtenidos
por un Transportador cada vez que transcurra un tie calendario, por el volumen
transportado (kpc) al grupo de Remitentes en el mismo periodo. Para este chlculo
se agruparh 10s Remitentes en 10s rangos de Factor de Carga que se establecen
en el numeral 5.5.1 de la presente Resolucih y no se incluirh 10s ingresos
provenientes de compensaciones, penalizaciones, conexiones e intereses de mora.
Conexibn: Conjunto de bienes que permiten conectar al Sistema National de
Transporte un Productor-Comercializador, un Distribuidor, un Usuario No
Regulado, un Sistema de Almacenamiento o cualquier Usuario Regulado (no
localizado en tieas de servicio exclusive)atendido a travis de un
Comercializador.
Demanda Esperada de Capacidad: Promedio de 10s escenarios de Demanda
M&ma de Capacidad proyectados por 10s Transportadores, ponderados por la
probabilidad de ocurrencia de 10s mismos, expresado en miles de pies ctibicos por
dia (Kpcd).
Demanda Esperada de Volumen:Promedio de 10s escenarios de voltimenes
anuales proyectados por 10s Transportadores, ponderados por la probabilidad de
ocurrencia de 10s mismos, expresado en miles de pies cdbicos (Kpc).
Demanda Mkima de Capacidad: Volumen mhximo a transport= en un dia en el
transcurso de un tie, expresado en miles de pies ctibicos por dia (Kpcd).
Factor de Carga: Se define coma la relaci6n entre el volumen transportado en un
at!io dado y su correspondiente Demanda Mhxima de Capacidad multiplicada por
un factor de 365.
Factor de Carga Esperado:Se define coma la relacih entre la Demanda
Esperada de Volumen en un &o dado de1 Horizonte de Proyeccih y su
correspondiente Demanda Esperada de Capacidad multiplicada por un factor de
365.
Factor de Utilizacihn: Es un indicador de utilizacih de un gasoducto o grupo de
gasoductos con relacih a su utilizacih potential m&ma. El Factor de
Utilizacih se define coma la relacih entre la sumatoria de 10s valores presentes
de las Demandas Esperadas de Volumen de cada tie en el Horizonte de
Proyeccih y la sumatoria de 10s valores presentes de las Capacidades M&ximas
de transporte de un gasoducto o grupo de gasoductos en el Horizonte de
RESOLUCION NUMERO 00 1:
DE 19 20 ENE 2000 422HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Proyeccibn multiplicadas por un factor de 365. Dichos valor-es presentes se
calcularan utilizando una tasa de descuento de1 11.5%.
Fecha Base: Es la fecha de referencia para realizar 10s diferentes c&lculos de
costos que el Transportador presenta a la CREG en cada Period0 Tarifario y
correspondera al 31 de diciembre de1 aiio anterior al ario de la solicitud de la
revision tarifaria. Con respect0 a la Fecha Base se hacen 10s diferentes calculos
de valor presente utilizados en la metodologia y se expresan 10s diferentes va.lores
de las inversiones y gastos.
Gasoducto Dedicado: Conjunto de tuberias y accesorios de propiedad de una
persona natural o juridica que permite la conduction de gas de manera
independiente y exclusiva, y que no se utiliza para prestar servicios de transporte
a terceros.
Horizonte de Proyeccibn: Period0 de tiempo fijado en 20 arias, utilizado para
simular el comportamiento de las variables de demanda y gastos de
administration, operation y mantenimiento asociados a la utilization de la
Inversion Base.
Indice de Precios al Consumidor -IPC.-:Indice de precios al consumidor, total
national, reportado por el DANE.
Interconexibn International: Gasoducto o grupo de gasoductos de dedication
exclusiva a la importacibn o exportation de Gas Natural.
Inversibn Base: Es aquella que reconoce la CREG y que corresponde a un
dimensionamiento consistente con el Factor de Utilization Normativo de1
gasoducto, con la Demanda Esperada de Capacidad y de Volumen y con costos
eficientes comparables con otros gasoductos similar-es u otros criterios de
evaluation de que disponga la CREG. La Inversion Base debera considerar las
normas de seguridad establecidas por el Ministerio de Minas y Energia, el
Reglamento Unico de Transporte y las normas aplicables emitidas por
autoridades competentes.
Parejas de Cargos Regulados: Conjunto de cargos de transporte que permiten
recuperar 10s costos de inversion distribuidos entre un cargo fjo y un cargo
variable en diferentes proporciones.
Period0 Tarifario: Period0 en el cual 10s cargos de transporte regulados se
encuentran vigentes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 126 de la Ley
142 de 1994,los cargos que se aprueben tendran una vigencia de cinco arias.
Producer Price Index (PPI): Indice de precios al productor de 10s Estados Unidos
de America, correspondiente a bienes de capital, reportado por la Oficina de
Estadisticas Labor-ales de1 Departamento de Trabajo de 10s Estados Unidos (Serie
ID: WPSSOP3200).
Programa de Nuevas Inversiones: Conjunto de Inversiones que un
Transportador proyecta realizar durante el Period0 Tarifario en activos necesarios
para la operation de su Sistema de Transporte.
Puerta de ciudad :Estacion reguladora de la cual se desprenden redes que
conforman total o parcialmente un Sistema de Distribution y a partir de la cual el
Distribuidor asume la custodia de1 gas.
c
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration &I
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Servicio de transporte de gas a contraflujo :Servicio de transporte de gas que
va en contra de1 flujo fkico de gas de un gasoducto de1 Sistema National de
Transporte.
Sistema National de Transporte :Conjunto de gasoductos localizados en el
territorio national, excluyendo conexiones y gasoductos dedicados, que vinculan
10s centros de production de gas de1 pais con las Puertas de Ciudad, Sistemas de
Distribution, Usuarios No Regulados, Interconexiones Internacionales o Sistemas
de Almacenamiento.
Sistema de Transporte:Conjunto de gasoductos de1 Sistema National de
Transporte que integran 10s activos de una empresa de transporte.
Usuario No Regulado: Es un consumidor de mas de 500.000 pcd hasta el 31 de
diciembre de1 ario 2001; de mas de 300.000 pcd hasta el 31 de diciembre de1 ario
2004; y, de mas de 100.000 pcd a partir de enero lo. de1 ario 2005, medida la
demanda de conformidad con lo establecido en el Art.77 de la Resolution CREG 057
de 1996 o aquellas que la modifiquen, sustituyan o complementen. Para todos 10s
efectos un Usuario No Regulado es un Gran Consumidor.
Usuario Regulado: Es un consumidor de hasta 500.000 pcd, o su equivalente en
m3 hasta el 3 1 de diciembre de1 ario 2001; de hasta 300.000 pcd o su
equivalente en m3 hasta el 31 de diciembre de1 tie 2004; y, de hasta 100.000
pcd o su equivalente en m3 a partir de enero lo. de1 ano 2005, medida la
demanda de conformidad con lo establecido en el Art.77 de la Resolution CREG 057
de 1996 o aquellas que la modifiquen, sustituyan o complementen. Para todos 10s
efectos un Usuario Regulado es un Pequeno Consumidor.
Vida Util Normativa: Period0 de tiempo fijado en 20 arias, considerado coma vida
util de un active, contados a partir de la fecha de entrada en operation de1
mismo.
ARTfCULO 3”.-CRITERIOS PARA EL ChCULO DE LOS COSTOS DE
INVERSI6N Y GASTOS. Los costos de inversion y gastos para cada gasoducto o
grupo de gasoductos, se calculan a partir de la Inversion Base teniendo en cuenta
el Costo de1 Capital Invertido y 10s gastos de Administration, Operation y
Mantenimiento (AO&M):
3.1 Costo de1 Capital Invertido
La CREG utilizara dos tasas de Costo de1 Capital Invertido para la determination
de 10s cargos de transporte, una de1 11.5% y otra de1 16% en dolares constantes
antes de impuestos. La primera tasa (11.5%) sera utilizada para establecer 10s
cargos de transporte que permitan remunerar 10s costos de inversion a travis de
cargos fijos por derechos de capacidad en tirme; y descontar 10s gastos de
Administration, Operation y Mantenimiento a traves de cargos fijos por derechos
de capacidad en firme. La segunda tasa (16%) sera utilizada para establecer 10s
cargos de transporte que permitan remunerar costos de inversion a traves de
cargos variables por volumen transportado.
En todos 10s cases, la obtencion de las tasas de Costo de1 Capital Invertido sera
responsabilidad de la empresa y dependera principalmente de la labor comercial
que adelante el Transportador.La CREG tendra en cuenta las tasas antes
Ak referidas par-a determinar 10s cargos de referencia a 10s cuales podran acogerseb
RESOLUCION NUMERO 001 5122DE 19 0 FNE 2000 H O J A N o.
00020 ENE 2000 6122RESOLUCION NUMERO DE 19 HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
10s Remitentes, sin perjuicio que estos y 10s Transportadores puedan Ileg= a
acuerdos distintos de riesgo compartido.
3.2 Inversibn Base
Los costos de inversion a reconocer se determinaran de la siguiente manera:
3.2.1 Inversibn existente a la fecha de la revisibn tarifaria en activos propios
de la operacibn (gasoductos,compresores de1 sistema de transporte,
accesorios y otros) y otros activos (ediiicaciones, terrenos, muebles y
enseres,equipos de transporte,equipos de comunicacibn, equipos de
computacibn y otros).
La inversion existente incluye 10s activos reconocidos en la ultima revision
tarifaria mas las inversiones eficientes efectivamente ejecutadas durante dicho
periodo.
a)Se toma el costo de la inversion en dolares reconocido en la ultima revision
tarifaria aprobada por la Con&ion, incluyendo 10s costos y las fechas de las
inversiones eficientes efectivamente ejecutadas durante el ultimo Period0
Tarifario .
b)La Comision actualizara estos costos a la Fecha Base, utilizando el PPI.
c) Para activos en servicio, exceptuando terrenos y edificaciones, una vez
transcurrida la Vida Util Normativa se calculara el costo de oportunidad de1
active a partir de1 ario veinte transcurrido desde la fecha de entrada en
operation de1 mismo.El ca.lculo de1 costo de oportunidad de1 active se
establecera tomando en cuenta la proportion entre la vida util remanente y la
vida util total estimada (vida util transcurrida mas vida util remanente).
d)Para activos cuya Vida Util Normativa se agote durante el Period0 Tarifario
empleado en la revision, el Transportador realizara 10s anklisis y sustentara
ante la CREG la conveniencia de su retiro o reposition teniendo en cuenta las
condiciones ticnicas de1 active, sus costos de operation y mantenimiento,
aspectos de seguridad, confiabilidad y calidad de1 servicio entre otros.
Analisis que conducira a una de las siguientes dos opciones:
4 retirarlo de1 servicio al final de su Vida Util Normativa y proceder a
reemplazarlo, en cuyo case dicho reemplazo constituira un compromise
de inversion y aplicara lo previsto en esta Resolution para la valoracion
de nuevas inversiones. La inversion asociada al active retirado no se
incluira en la base de activos considerada en el Period0 Tarifario
correspondiente.
ii) mantener el active en operation despuis de agotada su Vida Util
Normativa, quedando a consideration de la CREG la determination de1
costo de oportunidad de ese active, conforme a lo descrito en el literal
anterior.
e)Bajo ning$in case se efectuaran modificaciones al monto de las inversiones
existentes, ocasionadas por reemplazos de activos propios de la operation
antes de concluir su Vida Util Normativa. Es decir, estos reemplazos no se
adicionaran al monto de las inversiones existentes.
f)Para aquellos gasoductos cuya tarifa vigente haya sido calculada con base en
el Articulo 56 de1 Codigo de Petroleos, se tomara coma ario de entrada en
operation de1 active, el ario correspondiente a la ultima revision tarifaria bajo
dicho Codigo. Lo anterior, con el fin de mantener la consistencia con 10s
criterios que se le venian aplicando.
84
g) La enajenacion de un active no afecta su antig$.iedad, esta sera la
correspondiente al ario de entrada en operation de1 mismo.
i
001RESOLUCION NUMERO 2-j EpiE 2000
7122DE 19 HOJA N0.m.e.e
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
h) Bajo ninguna circunstancia se incluira en el monto de las inversiones
existentes aquellos activos propios de la operation retirados de1 servicio. En
todo case, dichos retiros deberan ser reportados de conformidad con el
procedimiento que establezca el Reglamento Unico de Transporte, y podran
ocasionar ajustes a 10s cargos vigentes durante el Period0 Tarifario respective
si la CREG lo considera necesario.
3.2.1.1 Disposiciones especiales para determinar la inversih existente de
10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali
Para 10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali la inversion existente
incluye el costo efectivo de dichos gasoductos para el Transportador, coma se
determina a continuation, mas las inversiones efectivamente ejecutadas durante
el ultimo Period0 Tarifario.
4
b)
4
d)
4
f)
El costo efectivo de 10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali
correspondera al valor presente de las obligaciones de pago de ECOGAS con
ECOPETROL establecidas en el Decreto 958 de mayo 27 de 1998 en un monto
total de US$653.38 millones en d&r-es constantes al 31 de diciembre de
1997, de 10s cuales US$ 213.66 millones corresponden al gasoducto Ballena-
Barranca y US$392.75 millones corresponden al gasoducto Mariquita-Cali.
El costo calculado en el literal anterior se actualizara en cada revision tarifaria
utilizando el PPI.
La Vida Util Normativa y el Horizonte de Proyeccion de dichos gasoductos sera
de treinta ties, equivalente al period0 previsto para la cancelacion total de las
obligaciones de ECOGAS con ECOPETROL.
Para activos en servicio, exceptuando terrenos y edificaciones, una vez
transcurrida la Vida Util Normativa se calculara el costo de oportunidad de1
active a partir de1 tio treinta transcurrido desde la fecha de entrada en
operation de1 mismo.El &lculo de1 costo de oportunidad de1 active se
establecera tomando en cuenta la proportion entre la vida util remanente y la
vida util total estimada (vida util transcurrida mas vida dtil remanente).
Del costo calculado en 10s liter-ales anteriores se restara el valor presente de
10s gastos de AO&M reconocidos por la Comision, con base en la metodologia
que se establece en el Anexo 2 de la presente Resolution, descontado a una
tasa de1 11.5%.
Para estos activos rige lo dispuesto en 10s liter-ales d), e), g) y h) de1 numeral
3.2.1 de la presente Resolution.
3.2.2 Programa de Nuevas Inversiones en activos propios de la operacih
(gasoductos, compresores de1 sistema de transporte, accesorios y otros) y en
otros activos (ediiicaciones, terrenos, muebles y enseres, equipos de
transporte, equipos de comunicacih, equipos de computacih y otros).
La empresa reportara el Programa de Nuevas Inversiones que proyecta realizar
durante el siguiente Period0 Tarifario en dolares de la Fecha Base, asi coma la
fecha de entrada en operation de la inversion en activos propios de la operation o
la fecha de ejecucion en otros activos. Las inversiones proyectadas reportadas por
la empresa seran revisadas y ajustadas, de ser necesario, de conformidad con la
Demanda Esperada de Volumen,la Demanda Esperada de Capacidad y 10s
criterios para establecer la Inversion Base definidos en el Articulo 2 de esta
Resolution.
3
Una nueva inversion puede incorporarse a 10s activos existentes de un gasoducto
p grupo de gasoductos, de1 cual formara parte, cuando el Transportador pueda
RESOLUCION NUMERO 0 01 DE 19 20 ENE 2000 8122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
demostrar que 10s costos de dicha inversion son cubiertos con 10s beneficios
generados a la gran mayoria de 10s usuarios de su Sistema de Transporte en
aspectos tales coma: mayor confiabilidad, acceso a nuevos productores, mayor
flexibilidad operational, acceso a Sistemas de Almacenamiento, reduction de
restricciones o economias de escala.
Cuando una nueva inversion beneficia solo a un grupo de usuarios, la integration
de dicha inversion a la ya existente podra efectuarse siempre y cuando su Factor
de Utilizacibn sea igual o superior al Factor de Utilization Normativo definido en
el Art.2 de esta Resolution. De lo contrario la Comision establecera un cargo
independiente par-a remunerar la nueva inversion.
ParQgrafo: Las Interconexiones Internacionales tendran cargos independientes de
transporte.
3.2.3 Inversiones no previstas en el Programa de Nuevas Inversiones.
En el evento en que un Transportador ejecute durante el Period0 Tarifario vigente
una inversion no prevista en el respective Programa de Nuevas Inversiones
presentado a la CREG en su solicitud de cargos, estos activos podrSln ser
incluidos en la Inversion Base para el siguiente Period0 Tarifario de conformidad
con lo establecido para Nuevas Inversiones en el numeral 3.2.2 de esta
Resolution. En el entretanto la remuneration de estas inversiones se efectuara de
conformidad con 10s cargos regulados vigentes par-a el gasoducto o grupo de
gasoductos de1 cual se derive.
3.2.4 Inversiones no incluidas en 10s cargos de transporte.
Las inversiones correspondientes a activos tales coma Conexiones, Sistemas de
Almacenamiento, Estaciones de Compresion diferentes a las requeridas para el
transporte de gas y aquellas a las que hacen referencia 10s literales e) y h) de1
numeral 3.2.1 de la presente Resolution, no serti consideradas para 10s c5lculos
de 10s cargos de transporte. Aquellas Conexiones que a la fecha de entrada en
vigencia de esta Resolution se encuentren incluidas en 10s cargos de transporte
podran mantenerse en la base de activos correspondiente a la inversion existente
de que trata esta Resolution. Los costos de las Conexiones no incluidas en dicha
base de activos, seran cubiertos por 10s usuarios que se beneficien de las
mismas .
3.3 Gastos de administracib, operacih y mantenimiento
Corn0 gastos d e administration,operation y mantenimiento (AO&M) se
reconocera coma maxim0 10s gastos que se determinen con base en la
metodologia de estimation de frontera de eficiencia que se describe en el Anexo 2
de esta Resolution. Los gastos de AO&M serk-r reportados por las empresas en
moneda local a la Fecha Base.
ARTiCULO 4“.-DEMANDAS ESPERADAS DE CAPACIDAD Y VOLUMEN. La
empresa reportara, para el Horizonte de Proyeccion, de tres a cinco escenarios de
proyeccion de demanda, en forma separada para la inversion existente y para el
Programa de Nuevas Inversiones, 10s cuales deberan incluir: volumenes anuales
(expresados en miles de pies cubicos) y Demandas Maximas de Capacidad
(expresada en miles de pies cubicos dia) desagregados conforme al Anexo 1. Estos
escenarios estarkr debidamente justificados (considerando variables tales coma:
.pscenarios hidrologicos, proyecciones macroeconomicas, escenarios de
RESOLUCION NUMERO 061 DE 19 20 ENE 20~~9122HOJA No.-me.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
sustitucion de 10s Agentes, entre otros) e incluiran la probabilidad de ocurrencia
de 10s mismos. Con base en lo anterior, se calcularan la Demanda Esperada de
Capacidad y la Demanda Esperada de Volumen.
La CREG analizara esta information, asi coma 10s contratos de transporte
vigentes, la confrontara con information suministrada por la empresa en la
ultima revision tarifaria y podra exigir al Agente explicaciones y correcciones de
acuerdo con 10s elementos de juicio que tenga a su disposition. En todo case, no
se admitiran Demandas Esperadas de Capacidad y de Volumen inferiores a
aquellas que resulten de aplicar el Factor de Utilization Normativo que se define
en el numeral 4.1 de la presente Resolution. Para el calculo de 10s cargos de
transporte no se incluira el transporte correspondiente a las pirdidas de gas.
4.1 Factor de Utilizacibn Normativo
El Factor de Utilizacibn Normativo para el primer Period0 Tarifario, a partir de la
vigencia de la presente Resolution, sera 0.5 para efectos de1 c&lculo de1 cargo
correspondiente a un gasoducto o grupo de gasoductos, segun sea el case, de1
Sistema National de Transporte. El Factor de Utilization se calculara coma se
define en el Articulo 2 de la presente Resolution.
ParQgrafo: En case de que un gasoducto o grupo de gasoductos tenga un Factor
d e Utilization inferior a 0.5, para la determination d e 10s volumenes
correspondientes al Factor de Utilization Normativo, la Comision utilizara un
supuesto de crecimiento lineal de la demanda de volumen cuyo punto initial
corresponde a la demanda real de volumen de1 tie anterior a la revision tarifaria
en el case de gasoductos existentes, o a la demanda estimada para el primer ario
en el case de nuevos gasoductos, y de1 ario quince en adelante corresponde a la
Capacidad Maxima de1 gasoducto.La Demanda Maxima de Capacidad
correspondiente se determinar& utilizando un Factor de Carga Esperado de1 50%
hasta alcanzar la Capacidad Maxima de1 Gasoducto.
ARTfCULO 5”.-METODOLOGiA GENERAL PARA LA ESTIMACI6N DE
CARGOS REGULADOS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE. Los ingresos de
las empresas Transportadoras ser&n obtenidos mediante cargos fijos y cargos
variables regulados que remuneran 10s costos de inversion; cargos fijos que
remuneran 10s gastos de AO&M; e ingresos de corto plazo coma se describe a
continuation:It = 5 [CFC * CAP + CVC * VOL + CFAO or M * CAP + Ingresos de Corto PEaZo] ii=l
Donde:
It =CFc =Ingresos para el Transportador
Cargo fjo diario que remunera costos de inversion (US/kpcd)
calculado con la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%,
expresado en pesos de conformidad con lo establecido en el numeral
5.7 de la presente Resolution.
cvc =Cargo variable que remunera costos de inversih (US/kpc) calculado
con la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 16%, expresado en
RESOLUCION NUMERO 001 DE 19 20 ENE 2000 1 o/22HOJA N0.m.v.m-m
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
pesos de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 de la
presente Resolution.CFAO~M =Cargo fijo diario que remunera 10s gastos de AO&M ($/kpcd)CAP =Capacidad contratada
VOL =Volumen transportado
n =Numero de Remitentes
Ingresos de Corto Pluto = Ingresos de1 Transportador provenientes de servicios de
transporte que excedan la capacidad contratada por un
Remitente, en 10s terminos que se establecen en el
Paragrafo de este numeral y expresado en pesos de
conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 de la
presente Resolution.
Parggrafo: Si un Remitente previ o presenta una Demanda Maxima de
Capacidad en un Dia de Gas superior a su Capacidad Contratada con el
Transportador o con otro Remitente, podra adquirir este excedente en el mercado
secundario o a traves de1 Transportador, en cuyo case el Transportador podra
establecer libremente 10s cargos por el servicio adicional de transporte. En todo
case, el Transportador debera publicar mensualmente en el Boletin Electronico
de Operaciones,10s cargos correspondientes a servicios de transporte que
excedan la capacidad contratada por un Remitente. Dicha publication debera
especificar cargos aplicables a dias laborables y 10s aplicables a dias no
laborables para el mes siguiente a la fecha de su publication.
5.1 Opciones para la determinacibn de cargos
Con el fin de adecuar 10s cargos de transporte y 10s contratos correspondientes a
las necesidades de Remitentes y Transportadores, se podr6.n utilizar las
siguientes opciones para la determination de Cargos Fijos y Cargos Variables que
remuneran inversion:
a)Determination de cargos regulados por mutuo acuerdo entre las partes
b) Determination de cargos regulados utilizando el Procedimiento de
Aproximacion Ordinal
c)Determination libre de cargos de transporte
ParBgrafo: Una vez expedidos 10s cargos regulados para un gasoducto o grupo de
gasoductos, 10s Remitentes y 10s Transportadores con contratos vigentes que
incluyan clausulas de ajuste de precio por cambios regulatorios o que proyecten
suscribir un nuevo contrato de transporte tendran un plazo de tres (3) meses de
negociacion,contados a partir de la expedition de 10s cargos correspondientes,
para utilizar las opciones a) y c) de este numeral. Pasados 10s tres (3) meses
mencionados, y si no se llega a un acuerdo, 10s Agentes deberan utilizar la option
W.
5.2 Cargos Regulados por servicios de transporte
La CREG establecera para cada gasoducto o grupo de gasoductos un Cargo Fijo
K
Regulado para remunerar gastos de AO&M, y parejas de Cargos Fijos y Variables
RESOLUCION NUMERO001DE 19 i!OENE 2000 II/22
HOJA No.-Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
regulados, coma las mostradas en la Figura 1, para remunerar costos de
inversion. Dichos cargos se determinaran mediante el siguiente procedimiento:
a)Los Cargos Fijos Regulados que remuneran porcentajes de la Inversion Base
de1 O%, 20%, 40%, 50%, 60%, 80% y 100% con una tasa de1 11.5% antes de
impuestos en dolares constantes, se calculan coma se indica en el numeral
5.2.1. Dichos cargos determinan 10s puntos A’, B’, C’, D’, E’, F’ y G’
respectivamente mostrados en la Figura 1.
b) Los Cargos Variables Regulados que remuneran porcentajes de la Inversion
Base de1 lOO%, 80%, 60%, 50%, 40%, 20% y 0% con una tasa de1 16% antes
de impuestos en d&u-es constantes, se calculan coma se indica en el
numeral 5.2.2. Dichos cargos determinan 10s puntos A, B, C, D, E, F y G
respectivamente mostrados en la Figura 1.Funciones de Cargos Fijos y Variables Regulados0.35
0.30
F 0.25
'pB 0.20 B
n s
5 0.15 v,3
0.10
0.05
0.00
(Wkpcd-aflo)
-z-Cargos Variables 0.312 0.250 0.187 0.156 0.125 0.062 0.000
w=Pc)% de la inversibn remunerada con cargos fijosFigura 1, Ejemplo hipotitico de funciones de Cargos Regulados
c) Los Cargos Fijos Regulados que remuneran gastos de Administration,
Operation y Mantenimiento se calculan coma se indica en el numeral 5.2.3.
La estimation de 10s Cargos Fijos y Variables Regulados para la prestacion de1
servicio de transporte de un gasoducto o grupo de gasoductos se basa en la
utilization de modelos de flujo de caja descontado, de la siguiente forma:
5.2.1 C&lculo de Cargos Fijos Regulados de referencia para la remuneracibn
de costos de inversibn
a)Para cada uno de 10s anos de1 Period0 Tarifario se toman 10s porcentajes que
se indican en el literal a) de1 numeral 5.2 segun el case, de la Inversion Base
y se descuenta a valor presente de la Fecha Base, utilizando la tasa de Costo
de1 Capital Invertido de1 11.5%.La Inversion Base incluye la inversion
existente de que trata el numeral 3.2.1 mas las nuevas inversiones segkr lo
establecido en el numeral 3.2.2 de esta Resolution.
b) Se calcula el valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad
correspondiente a la Inversion Base. Esta demanda sex-a descontada con la
JR/tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%.
,
RESOLUCION NUMEROk 00 1;DE 19 'LOENE 2 0 00
12122HOJA No.-Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
c)Los Cargos Fijos correspondientes se determinarZm coma la relation entre el
valor presente de 10s costos de inversion utilizados segun el literal a); y el
valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad (literal b).5.2.2 CGlculo de Cargos Variables Regulados de referencia para la
remuneracih de costos de inversih
a)Para cada uno de 10s ties de1 Period0 Tarifario se toman 10s porcentajes que
se indican en el literal b) de1 numeral 5.2 segun el case, de la Inversion Base
y se descuenta a valor presente de la Fecha Base, utilizando la tasa de Costo
de1 Capital Invertido de1 16%. La Inversion Base incluye la inversion existente
de que trata el numeral 3.2.1 mas las nuevas inversiones segun lo establecido
en el numeral 3.2.2 de esta Resolution.
b) Se calcula el valor presente de la Demanda Esperada de Volumen
correspondiente a la Inversion Base. Esta demanda sera descontada con la
tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 16%.
c) Los Cargos Variables correspondientes se determinaran coma la relation
entre el valor presente de 10s costos de inversion utilizados segun el literal a);
y el valor presente de la Demanda Esperada de Volumen de que trata el literal
b) anterior.
ParQgrafo: Los Cargos Fijos Regulados, independientemente de1 porcentaje de
inversion que remuneren, otorgaran derechos de capacidad en firme por el 100%
de la capacidad contratada.
5.2.3 C%lculo de1 Cargo Fijo Regulado para la remuneracih de gastos de
Administracih, Operacih y Mantenimiento
a)Se calcula el valor presente en moneda local a la Fecha Base, de 10s gastos de
Administration, Operation y Mantenimiento correspondientes a la Inversion
Base, para cada ario de1 Horizonte de Proyeccion utilizando la tasa de Costo
de1 Capital Invertido de1 11.5%.
b) Se calcula el valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad
correspondiente a la Inversion Base. Esta demanda sera descontada con la
tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%.
c)El Cargo Fijo para la remuneration de gastos de Administration, Operation y
Mantenimiento se determinaran coma la relation entre el valor presente de
10s gastos de AO&M (literal a); y el valor presente de la Demanda Esperada de
Capacidad de que trata el literal b) anterior.
5.3 Determinacih de cargos regulados por mutuo acuerdo entre las partes
Los Remitentes y Transportadores podran seleccionar libremente y de comun
acuerdo las Parejas de Cargos Regulados que mas se ajusten a la conveniencia de
las partes, a partir de 10s cargos establecidos por la CREG en 10s numerales 5.2.1
y 5.2.2. Asi por ejemplo, si 10s Agentes deciden remunerar el 40% de su inversion
a traves de Cargos Fijos, el Cargo Fijo correspondiente se determinara a partir de1
punto C’ de la Figura 1 y su respective Cargo Variable se determinara a partir de1
punto C de dicha figura, que remunera el 60% restante de la inversion. Si
transcurridos tres meses de1 proceso de determination de cargos regulados no se
ha llegado a mutuo acuerdo entre las partes, 10s Agentes deberan utilizar la
Metodologia de Aproximacion Ordinal que se describe en el numeral siguiente.
b()O)REfOLUClON NIJMERO DE ,9
13122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Los Remitentes y Transportadores podran seleccionar Parejas de Cargos
Regulados distintas para diferentes epocas de1 ano o para diferentes tramos de su
curva de carga.
ParQgrafo: El Transportador y 10s Remitentes que contraten servicios de
transporte destinados a la atencion de Usuarios Regulados, no podran optar por
Parejas de Cargos Regulados donde el porcentaje de remuneration de la inversion
a travis de cargos fijos sea inferior al Factor de Carga de1 mercado atendido por el
Remitente durante el aZo inmediatamente anterior. Para nuevos mercados se
asumira un Factor de Carga de 0.5.
5.4 Determinacih de cargos regulados por el Procedimiento de
Aproximacidn Ordinal
En case de que el Transportador y el Remitente no lleguen al mutuo acuerdo
descrito en el numeral 5.3 o si las partes lo convienen, se seguira el siguiente
procedimiento para establecer 10s Cargos Regulados a aplicar:
a)El Transportador preparara una oferta que refleje sus preferencias, en orden
descendente, de las diferentes Parejas de Cargos Regulados.
b) El Remitente,en forma similar, preparara una oferta que refleje sus
preferencias,en orden descendente, de las diferentes Parejas de Cargos
Regulados.
c)El Transportador y el Remitente depositark sus ofertas en urna sellada, que
para tal efecto tendra un tercero neutral designado de comun acuerdo entre
las partes.
d)El tercero designado, quien obrara coma secretario Ad-Hoc de1 proceso, abrira
las ofertas y establecera la Pareja de Cargos Regulados a aplicar por las
partes coma se indica a continuation:
l Elaborara una tabla con las preferencias conjuntas en orden descendente.
l Iniciara un recorrido de la tabla anterior comenzando por las Parejas de
Cargos Regulados de mayor preferencia para las partes y se detendra en el
moment0 en que se repita por lo menos una Pareja de Cargos Regulados en
cualquiera de las dos listas de preferencias recorridas. Cabe aclarar que
la(s) pareja(s) asi determinada(s) puede(n) no corresponder al mismo nivel
de preferencia de las partes.
l Dicha Pareja de Cargos Regulados determinara 10s cargos a aplicar por las
partes.
.En aquellos cases en 10s cuales se encuentren simultaneamente dos
Parejas de Cargos repetidas, el cargo a aplicar correspondera al promedio
de las Parejas de Cargos Regulados correspondientes.
0 Del resultado de la aplicacion de1 procedimiento descrito se elaborara un
acta que sera suscrita por las partes.
5.4.1 Period0 de aplicacih de1 Procedimiento de Aproximacih Ordinal
Los resultados de1 proceso descrito en este numeral se aplicaran para periodos de
cinco axios en el case de Remitentes termoelectricos o comercializadores que
atiendan Remitentes termoelectricos, o para periodos de un atsio para 10s demas
tipos de Remitentes.
5.4.2 Procedimiento de Aproximacibn Ordinal para Remitentes que atiendan
Usuarios Regulados y para Usuarios No Regulados no TermoelQctricos.
RESOLUCION NUMERO 00 D E 1 9 90ENE 2000
1422HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Para Remitentes que contraten servicios de transporte destinados a la atencion de
Usuarios No Regulados no Termoelectricos, el Procedimiento de Aproximacion
Ordinal solo tendra en cuenta las Parejas de Cargos Regulados que remuneran
coma minim0 un porcentaje de1 50% de la inversion a travis de cargos fijos. Para
el case de Usuarios Regulados el Procedimiento de Aproximacion Ordinal solo
tendra en cuenta las Parejas de Cargos Regulados que remuneran coma minim0
el mayor valor entre 50% y el Factor de Carga de 10s respectivos usuarios durante
el ario inmediatamente anterior, coma porcentaje de inversion remunerado a
traves de cargos fijos. Para Usuarios Regulados cuyas caracteristicas historicas
de demanda no se conozcan, se asumira un Factor de Carga de 0.5.
Parggrafo: Para cases en 10s cuales el servicio de transporte cubra varios tramos
de gasoducto, el porcentaje de inversion remunerado a travis de cargos fijos,
determinado por el Procedimiento de Aproximacion Ordinal, aplicara de manera
uniforme a todos 10s tramos involucrados en el servicio de transporte respective,
siempre que dichos tramos Sean de propiedad de un mismo Transportador.
5.5 Determinacih libre de cargos de transporte
Los comercializadores que requieran servicios de transporte para atender el
mercado de Usuarios No Regulados y 10s Usuarios No Regulados pod&m
renunciar a lo dispuesto en 10s numerales 5.3 y 5.4, pudiendo convenir
libremente con 10s Transportadores 10s cargos por servicios de transporte.
Parigrafo: Las opciones comerciales que disene el Transportador deberan
respetar el principio de neutralidad establecido por la Ley y no podran afectar el
costo de1 servicio de 10s demas usuarios de un gasoducto o grupo de gasoductos.
5.5.1 Divulgacih de informacih de Cargos Promedios Convenidos por 10s
Agentes
Para 10s cargos de transporte determinados mediante la option estipulada en el
numeral 5.5 de la presente Resolution, el Transportador debera publicar en el
Boletin Electronico de Operaciones, la siguiente information relacionada con 10s
servicios de transporte contratados:
l Gasoducto o grupo de gasoductos
l Rango de Factor de Carga de1 grupo de Remitentes
l Capacidad fir-me contratada
l Cargo Promedio Convenido
ParQgrafo: El Transportador agrupara 10s Cargos Promedio Convenidos con sus
Remitentes en dos rangos de Factor de Carga: El primer0 incluira 10s Remitentes
con Factores de Carga menores a 0.4; y el Segundo 10s Remitentes con Factores
de Carga mayores o igwles a 0.4.
5.6 Divulgacih de informacih de cargos regulados de transporte
Los cargos que ofrezcan las empresas Transportadoras para la prestacion de
servicios de transporte deberan ser publicados por lo menos una vez al a.170 en un
diario de amplia circulation national. Asi mismo deberan colocarse
permanentemente en 10s Boletines Electronicos de Operation de cada empresa de
Transporte.
RESOLUCION NUMERO
DE 19 $oENE 2aeTt15122HOJA No..mee
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
5.7 Actualizacih de 10s Cargos Fijos y Variables Regulados de referencia
para la remuneracih de costos inversih
Estos cargos estaran expresados en dolares de 10s Estados Unidos de America de
la Fecha Base. El Transportador 10s actualizara cada a50 transcurrido a partir de
la Fecha Base de acuerdo con la variation anual de1 PPI, mediante la siguiente
formula:c (t)=c(0)*PPI(t - I)[ 1
PPI(0)En donde:
t :Ano para el cual se calcula el cargo
C(t) :Cargo para el ario t.
c (0) :Cargo para la Fecha Base.PPI ($1) :PPI (0) :PPI promedio para el mes de Diciembre de1 a50 t- 1.
PPI promedio para el mes de Diciembre la Fecha Base
La facturacion se hara en pesos, y se liquidara en el moment0 de la facturacion a la
tasa de cambio representativa de1 mercado de1 ultimo dia de1 mes en que se realice
el transporte, reportada por la Superintendencia Bancaria.
5.8 Actualizacih de1 Cargo Fijo Regulado para la remuneracih de gastos
de Administracih, Operacih y Mantenimiento
Este cargo estara expresados en moneda local de la Fecha Base. El Transportador
lo actualizara cada ano transcurrido a partir de la Fecha Base de acuerdo con la
variation anual de1 IPC, mediante la siguiente formula:
En donde:
t :
C(t) :
c (0) :IPC (t-l) :IPC (0) :c (t)=c(O)*
[rpc(t - I)IPC (0)Ano par-a el cual se calcula el cargo
Cargo para el aiio t.
Cargo para la Fecha Base.
IPC para el mes de Diciembre de1 ario t- 1.
IPC para el mes de Diciembre la Fecha Base
5.9 Cargos para servicio de transporte a contraflujo
La Comision, en Resolution posterior, establecera la regulation correspondiente a
& servicios de transporte a contraflujo. Hasta que la CREG lo defina, 10s cargos/
001 20ENE 2000 16122RESOLUCION NUMERO DE 19 HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
correspondientes a estos servicios se pactaran libremente entre las partes. En
todo case, el Transportador estara obligado a atender las solicitudes de servicio
de transporte a contraflujo si la prestacion de este servicio es tecnicamente
viable.
5.10 Cargos por servicios de transporte interrumpible
Los cargos de transporte por servicio interrumpible, por parte de1 Transportador,
sex-an establecidos libremente por parte de las empresas de transporte.
Los cargos que ofrezcan las empresas Transportadoras para la prestacion de
servicios de transporte interrumpible deberan colocarse permanentemente en 10s
Boletines Electronicos de Operation de cada empresa de Transporte.
ARTiCULO 6’.-ESQUEMA DE CARGOS DE TRANSPORTE. La remuneration
de1 servicio de transporte para el Sistema National de Transporte se basa en un
esquema de cargos de paso,determinados coma la suma de 10s cargos
correspondientes a cada gasoducto o grupo de gasoductos comprendidos entre el
Punto de Entrada de gas al Sistema National de Transporte hasta el Punto de
Salida de gas de cada Remitente.
6.1 Regulacih general de Sistemas de Transporte de la Costa AtlQntica y
de1 Interior
Los gasoductos de1 Sistema National de Transporte seran remunerados mediante
cargos regulados calculados con base en la metodologfa general y criterios
generales establecidos en 10s Articulos 3, 4 y 5 de la presente Resolution. Con
base en lo anterior, las empresas Transportadoras podran someter a
consideration de la Comision, para efecto de1 calculo de 10s cargos de que trata el
numeral 5.2, gasoductos independientes o agrupaciones de gasoductos que 10s
Transportadores consideren adecuados para su Sistema de Transporte y para sus
Remitentes. Dichas propuestas incluiran la justification tecnica y economica
correspondiente,asi coma 10s impactos para 10s Remitentes en las diferentes
ciudades atendidas.
6.2 Regulacih de 10s gasoductos comprendidos entre 10s Puntos de Entrada
de Ballena y El Porvenir
Los gasoductos comprendidos entre 10s Puntos de Entrada de Ballena y El
Porvenir seran regulados mediante cargos por distancia calculados con base en la
metodologia general y criterios generales establecidos en 10s Art. 3, 4 y 5 de la
presente Resolution.Con base en lo anterior, se estableceran cargos
independientes de transporte para 10s siguientes gasoductos:
a) Ballena -Barranca
b) Barranca-Sebastopol
c) Sebastopol-Vasconia
d) Vasconia-La Belleza
e) La Belleza-El Porvenir
Parggrafo: Si durante 10s cinco arias correspondientes al primer Period0 Tarifario
de aplicacion de la presente Resolution se requieren expansiones de capacidad
par-a 10s gasoductos comprendidos entre 10s Puntos de Entrada de Ballena y el
Porvenir, que impliquen modification a 10s cargos regulados aprobados, la
RESOLUCION NUMERO 001 DE 19 8oENE zao’e 17122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remunerach de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
Comision podra establecer nuevos cargos para dichos gasoductos si lo encuentra
justificado.
6.2.1 Disposiciones especiales para el gasoducto Ballena - Barranca
El gasoducto Ballena-Barranca,se remunerara con base en la metodologia
general y criterios generales establecidos en 10s Articulos 3, 4 y 5 de la presente
Resolution, y dejara de ser de uso exclusive de ECOPETROL, coma lo dispuso el
Articulo 61 de la Resolution CREG-057 de 1996, a partir de la entrada en
vigencia de la presente Resolution.
6.3 Remuneracidn de servicios de transporte de Boca de Pozo a un Punto
de Entrada al Sistema National de Transporte
La remuneration de 10s servicios de transporte necesarios para la colocacion de
volumenes de gas proveniente de cualquier camp0 de1 territorio national al Punto
de Entrada de dicho gas en el Sistema National de Transporte esta a cargo de1
Productor-Comercializador correspondiente.
6.4 Neutralidad de1 servicio de transporte frente a operaciones de
suministro de gas
Para asegurar la neutralidad de1 servicio de transporte, 10s transportadores
deberan ofrecer a 10s Remitentes las mismas Parejas de Cargos y las mismas
modalidades de contratacion, cualquiera que sea el Productor-Comercializador o
Comercializador que le ofrezca o suministre el gas al Remitente.
6.5 Regulacibn de Gasoductos Dedicados
Para 10s gasoductos dedicados sobre 10s cuales un tercero solicite acceso, la
CREG aplicara 10s criterios generales y el esquema general de cargos que se
define en la presente Resolution.
ARTiCULO 7”.-SOLICITUD DE CARGOS. Las empresas existentes y las nuevas
empresas de transporte efectuaran solicitudes de cargos conforme se dispone a
continuation:
7.1 Solicitud de cargos para empresas Transportadoras cuyo Period0
Tarifario haya concluido antes de la vigencia de la presente Resolucibn.
Las empresas Transportadoras cuyo Period0 Tarifario haya concluido antes de la
vigencia de la presente Resolution deberan presentar una solicitud que contenga
coma minim0 la information que se indica en el Anexo 1. Con el fin de definir 10s
cargos que aplicaran en el Period0 Tarifario siguiente a la vigencia de la presente
Resolution, 10s Transportadores deberan remitir esta information dentro de1 mes
siguiente a la fecha de publication de esta Resolution. En case de no recibir la
informacibn requerida, la Comisih de Regulacih de Energia y Gas tomara 10s
elementos de juicio que tenga a su disposition para frjar 10s cargos
correspondientes.
7.2 Solicitudes futuras de cargos y cargos para nuevas empresas de
transporte
A partir de la vigencia de la presente Resolution, las empresas transportadoras
kexistentes con cargos aprobados deberan presentar una solicitud que contengaI
0 0 ?DE 18122RESOLUCIONNUMER~19 2OENE 2000 HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneraci6n de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
coma minim0 la information que se indica en el Anexo 1, tres meses antes de1
vencimiento de1 respective Period0 Tarifario. De igual forma, toda nueva empresa
de transporte que requiera cargos por servicios de transporte debera presentar
una solicitud que contenga coma minim0 la information que se indica en el
Anexo 1. En case de no recibir la information requerida, la Comision de
Regulation de Energia y Gas tomara 10s elementos de juicio que tenga a su
disposition para fijar 10s cargos correspondientes.
Sin perjuicio de las facultades de imposition de accesos en cabeza de la CREG,
un Transportador no podra remunerarse mediante cargos por la prestacion de
servicios de transporte hasta tanto la CREG no le haya aprobado 10s cargos
correspondientes.
ARTiCULO So.-REVISION DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE
NUEVAS INVERSIONES.La Superintendencia de Servicios Publicos
Domiciliarios -SSPD- revisara anualmente la ejecucion de1 Programa de Nuevas
Inversiones de1 Period0 Tarifario, e informara a la CREG sobre su
incumplimiento, la cual podra realizar 10s ajustes tarifarios correspondientes.
ARTkXJLO 9”.-PROPIEDAD DE LOS ACTIVOS DE UN SISTEMA DE
TRANSPORTE. Cuando una persona sea propietaria de activos de un Sistema de
Transporte, y estos Sean de uso general, tendra las siguientes opciones:
a)Convertirse en un Transportador.
b) Conservar su propiedad y ser remunerado por el Transportador que 10s
utilice.
c) Venderlos.
Cuando un Transportador utiliza activos de terceros, esta en la obligation de
remunerar a 10s propietarios de dichos activos. El Transportador que utilice 10s
activos de terceros que Sean de uso general es el responsable por su
administration, operation y mantenimiento.
ARTiCULO lo”.-CRONOGRAMA PARA LA FIJACION DE CARGOS DE
TRANSPORTE.Una vez recibida la totalidad de la information que se estipula en
el Articulo 7 de la presente Resolution, para la aprobacion de cargos de transporte
la CREG dispondra de 10s plazos establecidos en la Ley 142 de 1994.
ARTiCULO 1 lo.-FOND0 PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA
DE GAS. La parte correspondiente a aquellos activos resultantes de expansiones
financiadas o cofinanciadas con recursos de1 Fondo Especial de que trata el
Articulo 15 de la Ley 401 de 1997, deberan contabilizarse separadamente de 10s
activos de la empresa Transportadora y no podrkr hater parte de 10s activos de
ECOGAS o de cualquier otro Agente para el calculo de 10s Cargos Fijos y 10s
Cargos Variables Regulados de referencia que remuneran costos de inversion,
seg$n lo dispuesto en 10s numerales 5.2.1 y 5.2.2 de la presente Resolution. No
obstante dichas inversiones se incluiran en el calculo de 10s Cargos Fijos
Regulados para la remuneration de gastos de Administration, Operation y
Mantenimiento,segun lo dispuesto en el numeral 5.2.3 de la presente
Resolution.
10’ IDE 19 ZOENE 2000 19122RESOLUCION NUMERO HOJA N0.em.v
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
ARTICULO 12’.-VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION. La presente
resolution rige a partir de la fecha de su publication en el Diario Oficial, y deroga
todas las disposiciones que le Sean contrarias.
NOTIFiQUESE, PUBLfQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotk, el dia
Presidente
RESOLUCION NUMERO 00 1 DE 19 20ENE 2000 20122HOJA No..-..-.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
ANEXO 1
INFORMACION DE VOLUMENES Y DEMANDAS MAXIMAS ANUALES
VOLUMEN Y DEMANDAS MAXIMAS ANUALES*Puntos de Salida
Demandas MQximas de Capacidad (KPCD) y Demandas de Volljmenes anuales (KPC)
desagregados por sectores de consume (Termoelktrico, Petroquimico, Industrial, Comercial,
Residential y Otros); indicando presi6n de entrega y localizackh del nodo.
Puntos de Entrada Volumen anual (KPC) y capacidad maxima anual utilizada (KPCD); indicando presi6n de inyeccih y
localizaci6n del nodo.
Demandas MQximas de Capacidad (KPCD), Demandas de Volumenes anuales transportados (KPC),
Tramos de gasoducto capacidad anual contratada (KPC), capacidad mhxima (MPCD) y factores de carga desagregados
por sectores de consumo (Termoektrico, Petroquimico, Industrial, Comercial, Residential y Otros);
indicando localizaci6n v lonoitud del tramo.
l Las empresas reportaran esta informaci6n conforme a lo establecido en el Art. 4” de esta Resolucih
INFORMACION DE INVERSIONES
Gasoductos
ACTIVO”DESCRIPCIONAtio de entrada en operaci6n, Localizacibn, Dihmetro (pulg), Longitud (Km), N”
de Valvulas, N” de Trampas de Raspadores, Capacidad MBxima del gasoductc
(MPCD), Presibn de Entrada y Salida
Cruces Subfluviales AfIo de entrada en operaci6n, Localizaci6n. DiPmetro (pulg) y Longitud (Km)
Puntos de Entrada y Salida AfIo de entrada en operaci6n, Localizacih y Capacidad (KPCD)
Estaciones de Compresi6n ARo de entrada en operaci6n, Localizacibn y Potencia (HP)
Estaciones de Recibo y Entrega Afro de entrada en operacibn, Localizaci6n y Capacidad (KPCD)
Sistema Scads Afro de entrada en operacibn, Localizaci6n y N” de nodos
Sistemas de Comunicaci6n
AAo de entrada en operaciCln, Localizaci6n y N” de estaciones repetidoras
terrenas
Muebles, Enseres y Equipos de Oficina Global
Equipos de transporte; Computaci6n y Accesorios Global
Terrenos e lnmuebles A170 de adquisici6n y Localizaci6n
Centros Principales de Control Afro de entrada en operaci6n y Localizaci6n
Otros Global
+ Todos 10s activos deben incluir 10s costos totales y deberan presentarse en cuadros separados las lnverslones exlstentes y las
futuras.Nota: Las empresas deberhn presentar un mapa a escala correspondiente a su Sistema de Transporte. Las nuevas inversiones
deberh estar sustentadas con un anAlisis de beneficio-costo que justifique estos proyectos
RESOLUCION NUMERO 001 DE ,9 2biiiiE 2006 21122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
INFORMACION GASTOS DE AO&M
GASTOS DE ADMINISTRACION, OPERACldN Y MANTENIMIENTO0’5105
5110
5699
613502
613506
613507
613508
613509
7505
7510
7517
7535
7537
7540
7542
7545
7550
7560
7565
7570
DESCRIPCIONServicios Personales (Administracibn), incluyendo ntimero de empleados con desagregacih funcional
Gastos Generales (Administraci6n). excluyendo imporenta
Gastos Asociados a costos de producci6n y/o sewicios
Ajuste. medici6n y entrega a clientes
Mantenimiento
Mercadeo
Atenci6n a clientes y usuarios
Facturaci6n y recaudo
Servicios Personales (Produccih), incluyendo nlimero de empleados con desagregach funcional
Gastos Generales (Producci6n). excluyendo imporenta
Arrendamientos
Contribuciones y regalias
Consumo de insumos directos
Ordenes y Servicios de mantenimiento
Honorarios
Setvicios Pirblicos
Otros costos de operaci6n y mantenimiento
Seguros
lmpuestos (excluyendo Imporenta)
Ordenes y contratos por otros sefvicios
Il Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Ptiblicos Domiciliarios, SSP
Nota: Las empresas deberhn reportar el ntimero de empleados desagregados por el Area administrativa y por el Brea operativa
Ministro de Minas y EnergiaMinistro de Minas y Energia
PresidentePresidente
BALLERO ARGAEZ
RESOLUCION NUMERO +‘. 0 0 1
DE 19 2OENE ZJOQ22122HOJA No.-
Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1
servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National
de Transporte.
ANEXO 2METODOLOGiA PARA ESTABLECER LOS GASTOS DE ADMINISTRACION,
OPERACIdN, Y MANTENIMIENTO EFICIENTES (AO&M) PARA LA ACTIVIDAD
DE TRANSPORTE DE GAS (en USD/KPCD-MO)
Para establecer 10s Gastos de AO&M eficientes, se adopta la metodologia de punto
extremo:“Analisis Envolvente de Dates”. Esta metodologia se utiliza para evaluar
la eficiencia relativa de un grupo de unidades administrativas o productivas, y
permite construir una frontera de eficiencia relativa. Con la metodologia, si una
muestra de Transportadores de un universo estan en capacidad de producir Y
unidades de producto,dadas X unidades de insumos, entonces otros
Transportadores deben estar en capacidad de hater lo mismo si operan
eficientemente. Para tal efecto se seguira el siguiente procedimiento:
a) Se depuran 10s Gastos de AO&M propuestos.
b) Se toma el universo de empresas y una muestra international de empresas
de transporte, y se aplica el modelo de “Analisis Envolvente de Datos”.
c) La variable product0 esta relacionada con 10s Gastos de AO&M depurados de
10s Transportadores,utilizando insumos variables tales coma: Nivel de
productividad (Planta de personal), Escala (Longitud y Capacidad de
gasoductos) y Factor de Carga.
d) Una vez definidos el product0 y 10s
insumos, se establece una relation
funcional entre 10s mismos que refleje la eficiencia relativa de cada
Transportador.
e) Mediante el modelo de optimization se establecen 10s parknetros que
ponder-an, para cada Transportador,el peso relativo de 10s insumos,
obteniendo el nivel de product0 eficiente para cada ansportador.A22CARLOStXBAi,LEROARGAEZ
Ministro de Minas y Energia
Presidente A