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HomeMy WebLinkAboutRESOLUCIÓN CREG 001 - Resolución CREG 001 de 2000Repliblica de Colombia Ministerio de Minas y Energia RESOLUCION NUMERO 0 0 3 DE 19 159 ENE 2000 I Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. LA COMISI6N DE REGULACIdN DE ENERGfA Y GAS En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 de 1994, y 10s decretos 1523 y 2253 de 1994. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 14 de la Ley 142 de 1994, la actividad de transporte de gas natural es una actividad complementaria de1 servicio pdblico domiciliario de gas combustible; Que el Articulo 73.11 de la Ley 142 de 1994, faculta a la CREG para establecer fhmulas para la fijacih de las tarifas de 10s servicios ptiblicos; Que el Articulo 87 de la Ley 142 de 1994, establece 10s criterios bajo 10s cuales se debe definir el regimen tarifario; Que de acuerdo con el Articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la CREG puede establecer topes mtimos y minimos de tarifas; Que en el Art. 92 de la Ley 142 de 1994 se establece que en las fhmulas tarifarias las Comisiones garantizarti a 10s usuarios a lo h-go de1 tiempo 10s beneficios de la reduccih promedia de costos en las empresas que prestan el servicio; Que mediante Resolucih CRE-019 de 1994 se fijC, la tarifa de transporte para la empresa PROMIGAS S.A.; Que mediante Resolucih CREG-017 de 1995, incorporada posteriormente en la Resolucih CREG-057 de 1996, se estableci6 la metodologia y 10s cargos por uso de1 sistema de transporte de1 interior, y se adoptaron 10s procedimientos para regular el uso de1 sistema de transporte de1 Centro; Que mediante Resolucih CREG-048 de 1995, incorporada posteriormente en la Resolucih CREG-057 de 1996, se estableci6 la metodologia y 10s cargos por uso de1 sistema de transporte de1 Centro; RESOLUCION NUMERO 001 DE 19 2 @ EN!! 2000 2122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Que para la definition de1 valor de las inversiones consideradas en las Resoluciones CREG-017 de 1995 y CREG-048 de 1995 solo se disponian de estimativos de 10s costos de las inversiones correspondientes a 10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali; Que la empresa transportadora ECOGAS, propietaria de la capacidad de 10s gasoductos Ballena - Barranca y Mariquita - Cali, fue creada mediante la Ley 401 de 1997 sancionada con posterioridad a la expedition de las Resoluciones CREG- 017 de 1995 y CREG-048 de 1995; Que mediante la Resolution CREG-057 de 1995, incorporada posteriormente en la Resolution CREG-057 de 1996, se establecieron 10s cargos por uso de1 sistema de transporte de la empresa PROGASUR S.A.; Que la vigencia de1 period0 tarifario de las Resoluciones CRE-0 19 de 1994, CREG-017 de 1995, CREG-048 de 1995 y CREG-057 de 1995 concluyo durante el ario de 1998; Que mediante la Resolution CREG-028 de 1999 se establecieron y se sometieron a consulta 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte; Que luego de analisis internos en la Comision se considera necesario efectuar modificaciones a la Resolution CREG-028 de 1999, con base en las observaciones presentadas por 10s Agentes,entre las cuales se pueden mencionar las relacionadas con las alternativas de esquemas de cargos, las defmiciones, la utilization de la Demanda Maxima de Capacidad y la Capacidad Contratada y la formula de actualization de cargos, entre otras; Que la Comision de Regulation de Energia y Gas en su sesion No 114 de1 dia 6 de noviembre de 1999, aprobo la adoption de 10s criterios y el esquema general de remuneration de1 servicio de transporte; Que la Comision de Regulation de Energfa y Gas, en su sesion No. 119 de1 dia 20 de enero de1 ario 2000, acordo expedir la presente resolution con fecha de esta sesion; RESUELVE: ARTfCULO lo.-OBJETO.Esta Resolution tiene por objet0 establecer 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. ARTiCULO 2” .-DEFINICIONES. Para la interpretation de esta Resolution se tendran en cuenta las siguientes definiciones: Agentes: Personas naturales o juridicas entre las cuales se dart las relaciones tecnicas y/o comerciales de compra,venta, suministro y transporte de gas natural, comenzando desde la production y pasando por 10s Sistemas de Transporte hasta alcanzar el punto de salida de un usuario. Son Agentes 10s Productores-comercializadores, 10s Comercializadores, 10s Transportadores, 10s Distribuidores, 10s Usuarios No Regulados y 10s Almacenadores. .4%, RESOLUCION NUMERO iw DE 19 20 ENE 2000 3122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Boletin Electrbnico de Operaciones :Pggina web de libre acceso, que despliega informacih comercial y operational relacionada con 10s servicios de un Transportador, en la cual se incluyen 10s cargos regulados y 10s convenidos entre Agentes por servicios de transporte, el Ciclo de Nominacih, el Programa de Transporte, las ofertas de liberacih de capacidad y de suministro gas, las Cuentas de Balance de Energia y demhs informacih que establezca el RUT. Capacidad Mkima de1 Gasoducto: Capacidad m&ma de transporte diario de un gasoducto definida por el Transportador, calculada con modelos de din&&a de flujo de gas utilizando una presih de entrada de 1.200 psig, las presiones para 10s diferentes puntos de salida de1 mismo y 10s par&metros especificos de1 fluid0 y de1 gasoducto. Cargo Promedio Convenido: Cargo equivalente por la prestacih de servicios de transporte a un grupo de Remitentes, resultante de dividir 10s ingresos obtenidos por un Transportador cada vez que transcurra un tie calendario, por el volumen transportado (kpc) al grupo de Remitentes en el mismo periodo. Para este chlculo se agruparh 10s Remitentes en 10s rangos de Factor de Carga que se establecen en el numeral 5.5.1 de la presente Resolucih y no se incluirh 10s ingresos provenientes de compensaciones, penalizaciones, conexiones e intereses de mora. Conexibn: Conjunto de bienes que permiten conectar al Sistema National de Transporte un Productor-Comercializador, un Distribuidor, un Usuario No Regulado, un Sistema de Almacenamiento o cualquier Usuario Regulado (no localizado en tieas de servicio exclusive)atendido a travis de un Comercializador. Demanda Esperada de Capacidad: Promedio de 10s escenarios de Demanda M&ma de Capacidad proyectados por 10s Transportadores, ponderados por la probabilidad de ocurrencia de 10s mismos, expresado en miles de pies ctibicos por dia (Kpcd). Demanda Esperada de Volumen:Promedio de 10s escenarios de voltimenes anuales proyectados por 10s Transportadores, ponderados por la probabilidad de ocurrencia de 10s mismos, expresado en miles de pies cdbicos (Kpc). Demanda Mkima de Capacidad: Volumen mhximo a transport= en un dia en el transcurso de un tie, expresado en miles de pies ctibicos por dia (Kpcd). Factor de Carga: Se define coma la relaci6n entre el volumen transportado en un at!io dado y su correspondiente Demanda Mhxima de Capacidad multiplicada por un factor de 365. Factor de Carga Esperado:Se define coma la relacih entre la Demanda Esperada de Volumen en un &o dado de1 Horizonte de Proyeccih y su correspondiente Demanda Esperada de Capacidad multiplicada por un factor de 365. Factor de Utilizacihn: Es un indicador de utilizacih de un gasoducto o grupo de gasoductos con relacih a su utilizacih potential m&ma. El Factor de Utilizacih se define coma la relacih entre la sumatoria de 10s valores presentes de las Demandas Esperadas de Volumen de cada tie en el Horizonte de Proyeccih y la sumatoria de 10s valores presentes de las Capacidades M&ximas de transporte de un gasoducto o grupo de gasoductos en el Horizonte de RESOLUCION NUMERO 00 1: DE 19 20 ENE 2000 422HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Proyeccibn multiplicadas por un factor de 365. Dichos valor-es presentes se calcularan utilizando una tasa de descuento de1 11.5%. Fecha Base: Es la fecha de referencia para realizar 10s diferentes c&lculos de costos que el Transportador presenta a la CREG en cada Period0 Tarifario y correspondera al 31 de diciembre de1 aiio anterior al ario de la solicitud de la revision tarifaria. Con respect0 a la Fecha Base se hacen 10s diferentes calculos de valor presente utilizados en la metodologia y se expresan 10s diferentes va.lores de las inversiones y gastos. Gasoducto Dedicado: Conjunto de tuberias y accesorios de propiedad de una persona natural o juridica que permite la conduction de gas de manera independiente y exclusiva, y que no se utiliza para prestar servicios de transporte a terceros. Horizonte de Proyeccibn: Period0 de tiempo fijado en 20 arias, utilizado para simular el comportamiento de las variables de demanda y gastos de administration, operation y mantenimiento asociados a la utilization de la Inversion Base. Indice de Precios al Consumidor -IPC.-:Indice de precios al consumidor, total national, reportado por el DANE. Interconexibn International: Gasoducto o grupo de gasoductos de dedication exclusiva a la importacibn o exportation de Gas Natural. Inversibn Base: Es aquella que reconoce la CREG y que corresponde a un dimensionamiento consistente con el Factor de Utilization Normativo de1 gasoducto, con la Demanda Esperada de Capacidad y de Volumen y con costos eficientes comparables con otros gasoductos similar-es u otros criterios de evaluation de que disponga la CREG. La Inversion Base debera considerar las normas de seguridad establecidas por el Ministerio de Minas y Energia, el Reglamento Unico de Transporte y las normas aplicables emitidas por autoridades competentes. Parejas de Cargos Regulados: Conjunto de cargos de transporte que permiten recuperar 10s costos de inversion distribuidos entre un cargo fjo y un cargo variable en diferentes proporciones. Period0 Tarifario: Period0 en el cual 10s cargos de transporte regulados se encuentran vigentes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 126 de la Ley 142 de 1994,los cargos que se aprueben tendran una vigencia de cinco arias. Producer Price Index (PPI): Indice de precios al productor de 10s Estados Unidos de America, correspondiente a bienes de capital, reportado por la Oficina de Estadisticas Labor-ales de1 Departamento de Trabajo de 10s Estados Unidos (Serie ID: WPSSOP3200). Programa de Nuevas Inversiones: Conjunto de Inversiones que un Transportador proyecta realizar durante el Period0 Tarifario en activos necesarios para la operation de su Sistema de Transporte. Puerta de ciudad :Estacion reguladora de la cual se desprenden redes que conforman total o parcialmente un Sistema de Distribution y a partir de la cual el Distribuidor asume la custodia de1 gas. c Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration &I servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Servicio de transporte de gas a contraflujo :Servicio de transporte de gas que va en contra de1 flujo fkico de gas de un gasoducto de1 Sistema National de Transporte. Sistema National de Transporte :Conjunto de gasoductos localizados en el territorio national, excluyendo conexiones y gasoductos dedicados, que vinculan 10s centros de production de gas de1 pais con las Puertas de Ciudad, Sistemas de Distribution, Usuarios No Regulados, Interconexiones Internacionales o Sistemas de Almacenamiento. Sistema de Transporte:Conjunto de gasoductos de1 Sistema National de Transporte que integran 10s activos de una empresa de transporte. Usuario No Regulado: Es un consumidor de mas de 500.000 pcd hasta el 31 de diciembre de1 ario 2001; de mas de 300.000 pcd hasta el 31 de diciembre de1 ario 2004; y, de mas de 100.000 pcd a partir de enero lo. de1 ario 2005, medida la demanda de conformidad con lo establecido en el Art.77 de la Resolution CREG 057 de 1996 o aquellas que la modifiquen, sustituyan o complementen. Para todos 10s efectos un Usuario No Regulado es un Gran Consumidor. Usuario Regulado: Es un consumidor de hasta 500.000 pcd, o su equivalente en m3 hasta el 3 1 de diciembre de1 ario 2001; de hasta 300.000 pcd o su equivalente en m3 hasta el 31 de diciembre de1 tie 2004; y, de hasta 100.000 pcd o su equivalente en m3 a partir de enero lo. de1 ano 2005, medida la demanda de conformidad con lo establecido en el Art.77 de la Resolution CREG 057 de 1996 o aquellas que la modifiquen, sustituyan o complementen. Para todos 10s efectos un Usuario Regulado es un Pequeno Consumidor. Vida Util Normativa: Period0 de tiempo fijado en 20 arias, considerado coma vida util de un active, contados a partir de la fecha de entrada en operation de1 mismo. ARTfCULO 3”.-CRITERIOS PARA EL ChCULO DE LOS COSTOS DE INVERSI6N Y GASTOS. Los costos de inversion y gastos para cada gasoducto o grupo de gasoductos, se calculan a partir de la Inversion Base teniendo en cuenta el Costo de1 Capital Invertido y 10s gastos de Administration, Operation y Mantenimiento (AO&M): 3.1 Costo de1 Capital Invertido La CREG utilizara dos tasas de Costo de1 Capital Invertido para la determination de 10s cargos de transporte, una de1 11.5% y otra de1 16% en dolares constantes antes de impuestos. La primera tasa (11.5%) sera utilizada para establecer 10s cargos de transporte que permitan remunerar 10s costos de inversion a travis de cargos fijos por derechos de capacidad en tirme; y descontar 10s gastos de Administration, Operation y Mantenimiento a traves de cargos fijos por derechos de capacidad en firme. La segunda tasa (16%) sera utilizada para establecer 10s cargos de transporte que permitan remunerar costos de inversion a traves de cargos variables por volumen transportado. En todos 10s cases, la obtencion de las tasas de Costo de1 Capital Invertido sera responsabilidad de la empresa y dependera principalmente de la labor comercial que adelante el Transportador.La CREG tendra en cuenta las tasas antes Ak referidas par-a determinar 10s cargos de referencia a 10s cuales podran acogerseb RESOLUCION NUMERO 001 5122DE 19 0 FNE 2000 H O J A N o. 00020 ENE 2000 6122RESOLUCION NUMERO DE 19 HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. 10s Remitentes, sin perjuicio que estos y 10s Transportadores puedan Ileg= a acuerdos distintos de riesgo compartido. 3.2 Inversibn Base Los costos de inversion a reconocer se determinaran de la siguiente manera: 3.2.1 Inversibn existente a la fecha de la revisibn tarifaria en activos propios de la operacibn (gasoductos,compresores de1 sistema de transporte, accesorios y otros) y otros activos (ediiicaciones, terrenos, muebles y enseres,equipos de transporte,equipos de comunicacibn, equipos de computacibn y otros). La inversion existente incluye 10s activos reconocidos en la ultima revision tarifaria mas las inversiones eficientes efectivamente ejecutadas durante dicho periodo. a)Se toma el costo de la inversion en dolares reconocido en la ultima revision tarifaria aprobada por la Con&ion, incluyendo 10s costos y las fechas de las inversiones eficientes efectivamente ejecutadas durante el ultimo Period0 Tarifario . b)La Comision actualizara estos costos a la Fecha Base, utilizando el PPI. c) Para activos en servicio, exceptuando terrenos y edificaciones, una vez transcurrida la Vida Util Normativa se calculara el costo de oportunidad de1 active a partir de1 ario veinte transcurrido desde la fecha de entrada en operation de1 mismo.El ca.lculo de1 costo de oportunidad de1 active se establecera tomando en cuenta la proportion entre la vida util remanente y la vida util total estimada (vida util transcurrida mas vida util remanente). d)Para activos cuya Vida Util Normativa se agote durante el Period0 Tarifario empleado en la revision, el Transportador realizara 10s anklisis y sustentara ante la CREG la conveniencia de su retiro o reposition teniendo en cuenta las condiciones ticnicas de1 active, sus costos de operation y mantenimiento, aspectos de seguridad, confiabilidad y calidad de1 servicio entre otros. Analisis que conducira a una de las siguientes dos opciones: 4 retirarlo de1 servicio al final de su Vida Util Normativa y proceder a reemplazarlo, en cuyo case dicho reemplazo constituira un compromise de inversion y aplicara lo previsto en esta Resolution para la valoracion de nuevas inversiones. La inversion asociada al active retirado no se incluira en la base de activos considerada en el Period0 Tarifario correspondiente. ii) mantener el active en operation despuis de agotada su Vida Util Normativa, quedando a consideration de la CREG la determination de1 costo de oportunidad de ese active, conforme a lo descrito en el literal anterior. e)Bajo ning$in case se efectuaran modificaciones al monto de las inversiones existentes, ocasionadas por reemplazos de activos propios de la operation antes de concluir su Vida Util Normativa. Es decir, estos reemplazos no se adicionaran al monto de las inversiones existentes. f)Para aquellos gasoductos cuya tarifa vigente haya sido calculada con base en el Articulo 56 de1 Codigo de Petroleos, se tomara coma ario de entrada en operation de1 active, el ario correspondiente a la ultima revision tarifaria bajo dicho Codigo. Lo anterior, con el fin de mantener la consistencia con 10s criterios que se le venian aplicando. 84 g) La enajenacion de un active no afecta su antig$.iedad, esta sera la correspondiente al ario de entrada en operation de1 mismo. i 001RESOLUCION NUMERO 2-j EpiE 2000 7122DE 19 HOJA N0.m.e.e Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. h) Bajo ninguna circunstancia se incluira en el monto de las inversiones existentes aquellos activos propios de la operation retirados de1 servicio. En todo case, dichos retiros deberan ser reportados de conformidad con el procedimiento que establezca el Reglamento Unico de Transporte, y podran ocasionar ajustes a 10s cargos vigentes durante el Period0 Tarifario respective si la CREG lo considera necesario. 3.2.1.1 Disposiciones especiales para determinar la inversih existente de 10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali Para 10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali la inversion existente incluye el costo efectivo de dichos gasoductos para el Transportador, coma se determina a continuation, mas las inversiones efectivamente ejecutadas durante el ultimo Period0 Tarifario. 4 b) 4 d) 4 f) El costo efectivo de 10s gasoductos Ballena-Barranca y Mariquita-Cali correspondera al valor presente de las obligaciones de pago de ECOGAS con ECOPETROL establecidas en el Decreto 958 de mayo 27 de 1998 en un monto total de US$653.38 millones en d&r-es constantes al 31 de diciembre de 1997, de 10s cuales US$ 213.66 millones corresponden al gasoducto Ballena- Barranca y US$392.75 millones corresponden al gasoducto Mariquita-Cali. El costo calculado en el literal anterior se actualizara en cada revision tarifaria utilizando el PPI. La Vida Util Normativa y el Horizonte de Proyeccion de dichos gasoductos sera de treinta ties, equivalente al period0 previsto para la cancelacion total de las obligaciones de ECOGAS con ECOPETROL. Para activos en servicio, exceptuando terrenos y edificaciones, una vez transcurrida la Vida Util Normativa se calculara el costo de oportunidad de1 active a partir de1 tio treinta transcurrido desde la fecha de entrada en operation de1 mismo.El &lculo de1 costo de oportunidad de1 active se establecera tomando en cuenta la proportion entre la vida util remanente y la vida util total estimada (vida util transcurrida mas vida dtil remanente). Del costo calculado en 10s liter-ales anteriores se restara el valor presente de 10s gastos de AO&M reconocidos por la Comision, con base en la metodologia que se establece en el Anexo 2 de la presente Resolution, descontado a una tasa de1 11.5%. Para estos activos rige lo dispuesto en 10s liter-ales d), e), g) y h) de1 numeral 3.2.1 de la presente Resolution. 3.2.2 Programa de Nuevas Inversiones en activos propios de la operacih (gasoductos, compresores de1 sistema de transporte, accesorios y otros) y en otros activos (ediiicaciones, terrenos, muebles y enseres, equipos de transporte, equipos de comunicacih, equipos de computacih y otros). La empresa reportara el Programa de Nuevas Inversiones que proyecta realizar durante el siguiente Period0 Tarifario en dolares de la Fecha Base, asi coma la fecha de entrada en operation de la inversion en activos propios de la operation o la fecha de ejecucion en otros activos. Las inversiones proyectadas reportadas por la empresa seran revisadas y ajustadas, de ser necesario, de conformidad con la Demanda Esperada de Volumen,la Demanda Esperada de Capacidad y 10s criterios para establecer la Inversion Base definidos en el Articulo 2 de esta Resolution. 3 Una nueva inversion puede incorporarse a 10s activos existentes de un gasoducto p grupo de gasoductos, de1 cual formara parte, cuando el Transportador pueda RESOLUCION NUMERO 0 01 DE 19 20 ENE 2000 8122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. demostrar que 10s costos de dicha inversion son cubiertos con 10s beneficios generados a la gran mayoria de 10s usuarios de su Sistema de Transporte en aspectos tales coma: mayor confiabilidad, acceso a nuevos productores, mayor flexibilidad operational, acceso a Sistemas de Almacenamiento, reduction de restricciones o economias de escala. Cuando una nueva inversion beneficia solo a un grupo de usuarios, la integration de dicha inversion a la ya existente podra efectuarse siempre y cuando su Factor de Utilizacibn sea igual o superior al Factor de Utilization Normativo definido en el Art.2 de esta Resolution. De lo contrario la Comision establecera un cargo independiente par-a remunerar la nueva inversion. ParQgrafo: Las Interconexiones Internacionales tendran cargos independientes de transporte. 3.2.3 Inversiones no previstas en el Programa de Nuevas Inversiones. En el evento en que un Transportador ejecute durante el Period0 Tarifario vigente una inversion no prevista en el respective Programa de Nuevas Inversiones presentado a la CREG en su solicitud de cargos, estos activos podrSln ser incluidos en la Inversion Base para el siguiente Period0 Tarifario de conformidad con lo establecido para Nuevas Inversiones en el numeral 3.2.2 de esta Resolution. En el entretanto la remuneration de estas inversiones se efectuara de conformidad con 10s cargos regulados vigentes par-a el gasoducto o grupo de gasoductos de1 cual se derive. 3.2.4 Inversiones no incluidas en 10s cargos de transporte. Las inversiones correspondientes a activos tales coma Conexiones, Sistemas de Almacenamiento, Estaciones de Compresion diferentes a las requeridas para el transporte de gas y aquellas a las que hacen referencia 10s literales e) y h) de1 numeral 3.2.1 de la presente Resolution, no serti consideradas para 10s c5lculos de 10s cargos de transporte. Aquellas Conexiones que a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolution se encuentren incluidas en 10s cargos de transporte podran mantenerse en la base de activos correspondiente a la inversion existente de que trata esta Resolution. Los costos de las Conexiones no incluidas en dicha base de activos, seran cubiertos por 10s usuarios que se beneficien de las mismas . 3.3 Gastos de administracib, operacih y mantenimiento Corn0 gastos d e administration,operation y mantenimiento (AO&M) se reconocera coma maxim0 10s gastos que se determinen con base en la metodologia de estimation de frontera de eficiencia que se describe en el Anexo 2 de esta Resolution. Los gastos de AO&M serk-r reportados por las empresas en moneda local a la Fecha Base. ARTiCULO 4“.-DEMANDAS ESPERADAS DE CAPACIDAD Y VOLUMEN. La empresa reportara, para el Horizonte de Proyeccion, de tres a cinco escenarios de proyeccion de demanda, en forma separada para la inversion existente y para el Programa de Nuevas Inversiones, 10s cuales deberan incluir: volumenes anuales (expresados en miles de pies cubicos) y Demandas Maximas de Capacidad (expresada en miles de pies cubicos dia) desagregados conforme al Anexo 1. Estos escenarios estarkr debidamente justificados (considerando variables tales coma: .pscenarios hidrologicos, proyecciones macroeconomicas, escenarios de RESOLUCION NUMERO 061 DE 19 20 ENE 20~~9122HOJA No.-me.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. sustitucion de 10s Agentes, entre otros) e incluiran la probabilidad de ocurrencia de 10s mismos. Con base en lo anterior, se calcularan la Demanda Esperada de Capacidad y la Demanda Esperada de Volumen. La CREG analizara esta information, asi coma 10s contratos de transporte vigentes, la confrontara con information suministrada por la empresa en la ultima revision tarifaria y podra exigir al Agente explicaciones y correcciones de acuerdo con 10s elementos de juicio que tenga a su disposition. En todo case, no se admitiran Demandas Esperadas de Capacidad y de Volumen inferiores a aquellas que resulten de aplicar el Factor de Utilization Normativo que se define en el numeral 4.1 de la presente Resolution. Para el calculo de 10s cargos de transporte no se incluira el transporte correspondiente a las pirdidas de gas. 4.1 Factor de Utilizacibn Normativo El Factor de Utilizacibn Normativo para el primer Period0 Tarifario, a partir de la vigencia de la presente Resolution, sera 0.5 para efectos de1 c&lculo de1 cargo correspondiente a un gasoducto o grupo de gasoductos, segun sea el case, de1 Sistema National de Transporte. El Factor de Utilization se calculara coma se define en el Articulo 2 de la presente Resolution. ParQgrafo: En case de que un gasoducto o grupo de gasoductos tenga un Factor d e Utilization inferior a 0.5, para la determination d e 10s volumenes correspondientes al Factor de Utilization Normativo, la Comision utilizara un supuesto de crecimiento lineal de la demanda de volumen cuyo punto initial corresponde a la demanda real de volumen de1 tie anterior a la revision tarifaria en el case de gasoductos existentes, o a la demanda estimada para el primer ario en el case de nuevos gasoductos, y de1 ario quince en adelante corresponde a la Capacidad Maxima de1 gasoducto.La Demanda Maxima de Capacidad correspondiente se determinar& utilizando un Factor de Carga Esperado de1 50% hasta alcanzar la Capacidad Maxima de1 Gasoducto. ARTfCULO 5”.-METODOLOGiA GENERAL PARA LA ESTIMACI6N DE CARGOS REGULADOS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE. Los ingresos de las empresas Transportadoras ser&n obtenidos mediante cargos fijos y cargos variables regulados que remuneran 10s costos de inversion; cargos fijos que remuneran 10s gastos de AO&M; e ingresos de corto plazo coma se describe a continuation:It = 5 [CFC * CAP + CVC * VOL + CFAO or M * CAP + Ingresos de Corto PEaZo] ii=l Donde: It =CFc =Ingresos para el Transportador Cargo fjo diario que remunera costos de inversion (US/kpcd) calculado con la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%, expresado en pesos de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 de la presente Resolution. cvc =Cargo variable que remunera costos de inversih (US/kpc) calculado con la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 16%, expresado en RESOLUCION NUMERO 001 DE 19 20 ENE 2000 1 o/22HOJA N0.m.v.m-m Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. pesos de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 de la presente Resolution.CFAO~M =Cargo fijo diario que remunera 10s gastos de AO&M ($/kpcd)CAP =Capacidad contratada VOL =Volumen transportado n =Numero de Remitentes Ingresos de Corto Pluto = Ingresos de1 Transportador provenientes de servicios de transporte que excedan la capacidad contratada por un Remitente, en 10s terminos que se establecen en el Paragrafo de este numeral y expresado en pesos de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 de la presente Resolution. Parggrafo: Si un Remitente previ o presenta una Demanda Maxima de Capacidad en un Dia de Gas superior a su Capacidad Contratada con el Transportador o con otro Remitente, podra adquirir este excedente en el mercado secundario o a traves de1 Transportador, en cuyo case el Transportador podra establecer libremente 10s cargos por el servicio adicional de transporte. En todo case, el Transportador debera publicar mensualmente en el Boletin Electronico de Operaciones,10s cargos correspondientes a servicios de transporte que excedan la capacidad contratada por un Remitente. Dicha publication debera especificar cargos aplicables a dias laborables y 10s aplicables a dias no laborables para el mes siguiente a la fecha de su publication. 5.1 Opciones para la determinacibn de cargos Con el fin de adecuar 10s cargos de transporte y 10s contratos correspondientes a las necesidades de Remitentes y Transportadores, se podr6.n utilizar las siguientes opciones para la determination de Cargos Fijos y Cargos Variables que remuneran inversion: a)Determination de cargos regulados por mutuo acuerdo entre las partes b) Determination de cargos regulados utilizando el Procedimiento de Aproximacion Ordinal c)Determination libre de cargos de transporte ParBgrafo: Una vez expedidos 10s cargos regulados para un gasoducto o grupo de gasoductos, 10s Remitentes y 10s Transportadores con contratos vigentes que incluyan clausulas de ajuste de precio por cambios regulatorios o que proyecten suscribir un nuevo contrato de transporte tendran un plazo de tres (3) meses de negociacion,contados a partir de la expedition de 10s cargos correspondientes, para utilizar las opciones a) y c) de este numeral. Pasados 10s tres (3) meses mencionados, y si no se llega a un acuerdo, 10s Agentes deberan utilizar la option W. 5.2 Cargos Regulados por servicios de transporte La CREG establecera para cada gasoducto o grupo de gasoductos un Cargo Fijo K Regulado para remunerar gastos de AO&M, y parejas de Cargos Fijos y Variables RESOLUCION NUMERO001DE 19 i!OENE 2000 II/22 HOJA No.-Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. regulados, coma las mostradas en la Figura 1, para remunerar costos de inversion. Dichos cargos se determinaran mediante el siguiente procedimiento: a)Los Cargos Fijos Regulados que remuneran porcentajes de la Inversion Base de1 O%, 20%, 40%, 50%, 60%, 80% y 100% con una tasa de1 11.5% antes de impuestos en dolares constantes, se calculan coma se indica en el numeral 5.2.1. Dichos cargos determinan 10s puntos A’, B’, C’, D’, E’, F’ y G’ respectivamente mostrados en la Figura 1. b) Los Cargos Variables Regulados que remuneran porcentajes de la Inversion Base de1 lOO%, 80%, 60%, 50%, 40%, 20% y 0% con una tasa de1 16% antes de impuestos en d&u-es constantes, se calculan coma se indica en el numeral 5.2.2. Dichos cargos determinan 10s puntos A, B, C, D, E, F y G respectivamente mostrados en la Figura 1.Funciones de Cargos Fijos y Variables Regulados0.35 0.30 F 0.25 'pB 0.20 B n s 5 0.15 v,3 0.10 0.05 0.00 (Wkpcd-aflo) -z-Cargos Variables 0.312 0.250 0.187 0.156 0.125 0.062 0.000 w=Pc)% de la inversibn remunerada con cargos fijosFigura 1, Ejemplo hipotitico de funciones de Cargos Regulados c) Los Cargos Fijos Regulados que remuneran gastos de Administration, Operation y Mantenimiento se calculan coma se indica en el numeral 5.2.3. La estimation de 10s Cargos Fijos y Variables Regulados para la prestacion de1 servicio de transporte de un gasoducto o grupo de gasoductos se basa en la utilization de modelos de flujo de caja descontado, de la siguiente forma: 5.2.1 C&lculo de Cargos Fijos Regulados de referencia para la remuneracibn de costos de inversibn a)Para cada uno de 10s anos de1 Period0 Tarifario se toman 10s porcentajes que se indican en el literal a) de1 numeral 5.2 segun el case, de la Inversion Base y se descuenta a valor presente de la Fecha Base, utilizando la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%.La Inversion Base incluye la inversion existente de que trata el numeral 3.2.1 mas las nuevas inversiones segkr lo establecido en el numeral 3.2.2 de esta Resolution. b) Se calcula el valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad correspondiente a la Inversion Base. Esta demanda sex-a descontada con la JR/tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%. , RESOLUCION NUMEROk 00 1;DE 19 'LOENE 2 0 00 12122HOJA No.-Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. c)Los Cargos Fijos correspondientes se determinarZm coma la relation entre el valor presente de 10s costos de inversion utilizados segun el literal a); y el valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad (literal b).5.2.2 CGlculo de Cargos Variables Regulados de referencia para la remuneracih de costos de inversih a)Para cada uno de 10s ties de1 Period0 Tarifario se toman 10s porcentajes que se indican en el literal b) de1 numeral 5.2 segun el case, de la Inversion Base y se descuenta a valor presente de la Fecha Base, utilizando la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 16%. La Inversion Base incluye la inversion existente de que trata el numeral 3.2.1 mas las nuevas inversiones segun lo establecido en el numeral 3.2.2 de esta Resolution. b) Se calcula el valor presente de la Demanda Esperada de Volumen correspondiente a la Inversion Base. Esta demanda sera descontada con la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 16%. c) Los Cargos Variables correspondientes se determinaran coma la relation entre el valor presente de 10s costos de inversion utilizados segun el literal a); y el valor presente de la Demanda Esperada de Volumen de que trata el literal b) anterior. ParQgrafo: Los Cargos Fijos Regulados, independientemente de1 porcentaje de inversion que remuneren, otorgaran derechos de capacidad en firme por el 100% de la capacidad contratada. 5.2.3 C%lculo de1 Cargo Fijo Regulado para la remuneracih de gastos de Administracih, Operacih y Mantenimiento a)Se calcula el valor presente en moneda local a la Fecha Base, de 10s gastos de Administration, Operation y Mantenimiento correspondientes a la Inversion Base, para cada ario de1 Horizonte de Proyeccion utilizando la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%. b) Se calcula el valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad correspondiente a la Inversion Base. Esta demanda sera descontada con la tasa de Costo de1 Capital Invertido de1 11.5%. c)El Cargo Fijo para la remuneration de gastos de Administration, Operation y Mantenimiento se determinaran coma la relation entre el valor presente de 10s gastos de AO&M (literal a); y el valor presente de la Demanda Esperada de Capacidad de que trata el literal b) anterior. 5.3 Determinacih de cargos regulados por mutuo acuerdo entre las partes Los Remitentes y Transportadores podran seleccionar libremente y de comun acuerdo las Parejas de Cargos Regulados que mas se ajusten a la conveniencia de las partes, a partir de 10s cargos establecidos por la CREG en 10s numerales 5.2.1 y 5.2.2. Asi por ejemplo, si 10s Agentes deciden remunerar el 40% de su inversion a traves de Cargos Fijos, el Cargo Fijo correspondiente se determinara a partir de1 punto C’ de la Figura 1 y su respective Cargo Variable se determinara a partir de1 punto C de dicha figura, que remunera el 60% restante de la inversion. Si transcurridos tres meses de1 proceso de determination de cargos regulados no se ha llegado a mutuo acuerdo entre las partes, 10s Agentes deberan utilizar la Metodologia de Aproximacion Ordinal que se describe en el numeral siguiente. b()O)REfOLUClON NIJMERO DE ,9 13122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Los Remitentes y Transportadores podran seleccionar Parejas de Cargos Regulados distintas para diferentes epocas de1 ano o para diferentes tramos de su curva de carga. ParQgrafo: El Transportador y 10s Remitentes que contraten servicios de transporte destinados a la atencion de Usuarios Regulados, no podran optar por Parejas de Cargos Regulados donde el porcentaje de remuneration de la inversion a travis de cargos fijos sea inferior al Factor de Carga de1 mercado atendido por el Remitente durante el aZo inmediatamente anterior. Para nuevos mercados se asumira un Factor de Carga de 0.5. 5.4 Determinacih de cargos regulados por el Procedimiento de Aproximacidn Ordinal En case de que el Transportador y el Remitente no lleguen al mutuo acuerdo descrito en el numeral 5.3 o si las partes lo convienen, se seguira el siguiente procedimiento para establecer 10s Cargos Regulados a aplicar: a)El Transportador preparara una oferta que refleje sus preferencias, en orden descendente, de las diferentes Parejas de Cargos Regulados. b) El Remitente,en forma similar, preparara una oferta que refleje sus preferencias,en orden descendente, de las diferentes Parejas de Cargos Regulados. c)El Transportador y el Remitente depositark sus ofertas en urna sellada, que para tal efecto tendra un tercero neutral designado de comun acuerdo entre las partes. d)El tercero designado, quien obrara coma secretario Ad-Hoc de1 proceso, abrira las ofertas y establecera la Pareja de Cargos Regulados a aplicar por las partes coma se indica a continuation: l Elaborara una tabla con las preferencias conjuntas en orden descendente. l Iniciara un recorrido de la tabla anterior comenzando por las Parejas de Cargos Regulados de mayor preferencia para las partes y se detendra en el moment0 en que se repita por lo menos una Pareja de Cargos Regulados en cualquiera de las dos listas de preferencias recorridas. Cabe aclarar que la(s) pareja(s) asi determinada(s) puede(n) no corresponder al mismo nivel de preferencia de las partes. l Dicha Pareja de Cargos Regulados determinara 10s cargos a aplicar por las partes. .En aquellos cases en 10s cuales se encuentren simultaneamente dos Parejas de Cargos repetidas, el cargo a aplicar correspondera al promedio de las Parejas de Cargos Regulados correspondientes. 0 Del resultado de la aplicacion de1 procedimiento descrito se elaborara un acta que sera suscrita por las partes. 5.4.1 Period0 de aplicacih de1 Procedimiento de Aproximacih Ordinal Los resultados de1 proceso descrito en este numeral se aplicaran para periodos de cinco axios en el case de Remitentes termoelectricos o comercializadores que atiendan Remitentes termoelectricos, o para periodos de un atsio para 10s demas tipos de Remitentes. 5.4.2 Procedimiento de Aproximacibn Ordinal para Remitentes que atiendan Usuarios Regulados y para Usuarios No Regulados no TermoelQctricos. RESOLUCION NUMERO 00 D E 1 9 90ENE 2000 1422HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Para Remitentes que contraten servicios de transporte destinados a la atencion de Usuarios No Regulados no Termoelectricos, el Procedimiento de Aproximacion Ordinal solo tendra en cuenta las Parejas de Cargos Regulados que remuneran coma minim0 un porcentaje de1 50% de la inversion a travis de cargos fijos. Para el case de Usuarios Regulados el Procedimiento de Aproximacion Ordinal solo tendra en cuenta las Parejas de Cargos Regulados que remuneran coma minim0 el mayor valor entre 50% y el Factor de Carga de 10s respectivos usuarios durante el ario inmediatamente anterior, coma porcentaje de inversion remunerado a traves de cargos fijos. Para Usuarios Regulados cuyas caracteristicas historicas de demanda no se conozcan, se asumira un Factor de Carga de 0.5. Parggrafo: Para cases en 10s cuales el servicio de transporte cubra varios tramos de gasoducto, el porcentaje de inversion remunerado a travis de cargos fijos, determinado por el Procedimiento de Aproximacion Ordinal, aplicara de manera uniforme a todos 10s tramos involucrados en el servicio de transporte respective, siempre que dichos tramos Sean de propiedad de un mismo Transportador. 5.5 Determinacih libre de cargos de transporte Los comercializadores que requieran servicios de transporte para atender el mercado de Usuarios No Regulados y 10s Usuarios No Regulados pod&m renunciar a lo dispuesto en 10s numerales 5.3 y 5.4, pudiendo convenir libremente con 10s Transportadores 10s cargos por servicios de transporte. Parigrafo: Las opciones comerciales que disene el Transportador deberan respetar el principio de neutralidad establecido por la Ley y no podran afectar el costo de1 servicio de 10s demas usuarios de un gasoducto o grupo de gasoductos. 5.5.1 Divulgacih de informacih de Cargos Promedios Convenidos por 10s Agentes Para 10s cargos de transporte determinados mediante la option estipulada en el numeral 5.5 de la presente Resolution, el Transportador debera publicar en el Boletin Electronico de Operaciones, la siguiente information relacionada con 10s servicios de transporte contratados: l Gasoducto o grupo de gasoductos l Rango de Factor de Carga de1 grupo de Remitentes l Capacidad fir-me contratada l Cargo Promedio Convenido ParQgrafo: El Transportador agrupara 10s Cargos Promedio Convenidos con sus Remitentes en dos rangos de Factor de Carga: El primer0 incluira 10s Remitentes con Factores de Carga menores a 0.4; y el Segundo 10s Remitentes con Factores de Carga mayores o igwles a 0.4. 5.6 Divulgacih de informacih de cargos regulados de transporte Los cargos que ofrezcan las empresas Transportadoras para la prestacion de servicios de transporte deberan ser publicados por lo menos una vez al a.170 en un diario de amplia circulation national. Asi mismo deberan colocarse permanentemente en 10s Boletines Electronicos de Operation de cada empresa de Transporte. RESOLUCION NUMERO DE 19 $oENE 2aeTt15122HOJA No..mee Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. 5.7 Actualizacih de 10s Cargos Fijos y Variables Regulados de referencia para la remuneracih de costos inversih Estos cargos estaran expresados en dolares de 10s Estados Unidos de America de la Fecha Base. El Transportador 10s actualizara cada a50 transcurrido a partir de la Fecha Base de acuerdo con la variation anual de1 PPI, mediante la siguiente formula:c (t)=c(0)*PPI(t - I)[ 1 PPI(0)En donde: t :Ano para el cual se calcula el cargo C(t) :Cargo para el ario t. c (0) :Cargo para la Fecha Base.PPI ($1) :PPI (0) :PPI promedio para el mes de Diciembre de1 a50 t- 1. PPI promedio para el mes de Diciembre la Fecha Base La facturacion se hara en pesos, y se liquidara en el moment0 de la facturacion a la tasa de cambio representativa de1 mercado de1 ultimo dia de1 mes en que se realice el transporte, reportada por la Superintendencia Bancaria. 5.8 Actualizacih de1 Cargo Fijo Regulado para la remuneracih de gastos de Administracih, Operacih y Mantenimiento Este cargo estara expresados en moneda local de la Fecha Base. El Transportador lo actualizara cada ano transcurrido a partir de la Fecha Base de acuerdo con la variation anual de1 IPC, mediante la siguiente formula: En donde: t : C(t) : c (0) :IPC (t-l) :IPC (0) :c (t)=c(O)* [rpc(t - I)IPC (0)Ano par-a el cual se calcula el cargo Cargo para el aiio t. Cargo para la Fecha Base. IPC para el mes de Diciembre de1 ario t- 1. IPC para el mes de Diciembre la Fecha Base 5.9 Cargos para servicio de transporte a contraflujo La Comision, en Resolution posterior, establecera la regulation correspondiente a & servicios de transporte a contraflujo. Hasta que la CREG lo defina, 10s cargos/ 001 20ENE 2000 16122RESOLUCION NUMERO DE 19 HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. correspondientes a estos servicios se pactaran libremente entre las partes. En todo case, el Transportador estara obligado a atender las solicitudes de servicio de transporte a contraflujo si la prestacion de este servicio es tecnicamente viable. 5.10 Cargos por servicios de transporte interrumpible Los cargos de transporte por servicio interrumpible, por parte de1 Transportador, sex-an establecidos libremente por parte de las empresas de transporte. Los cargos que ofrezcan las empresas Transportadoras para la prestacion de servicios de transporte interrumpible deberan colocarse permanentemente en 10s Boletines Electronicos de Operation de cada empresa de Transporte. ARTiCULO 6’.-ESQUEMA DE CARGOS DE TRANSPORTE. La remuneration de1 servicio de transporte para el Sistema National de Transporte se basa en un esquema de cargos de paso,determinados coma la suma de 10s cargos correspondientes a cada gasoducto o grupo de gasoductos comprendidos entre el Punto de Entrada de gas al Sistema National de Transporte hasta el Punto de Salida de gas de cada Remitente. 6.1 Regulacih general de Sistemas de Transporte de la Costa AtlQntica y de1 Interior Los gasoductos de1 Sistema National de Transporte seran remunerados mediante cargos regulados calculados con base en la metodologfa general y criterios generales establecidos en 10s Articulos 3, 4 y 5 de la presente Resolution. Con base en lo anterior, las empresas Transportadoras podran someter a consideration de la Comision, para efecto de1 calculo de 10s cargos de que trata el numeral 5.2, gasoductos independientes o agrupaciones de gasoductos que 10s Transportadores consideren adecuados para su Sistema de Transporte y para sus Remitentes. Dichas propuestas incluiran la justification tecnica y economica correspondiente,asi coma 10s impactos para 10s Remitentes en las diferentes ciudades atendidas. 6.2 Regulacih de 10s gasoductos comprendidos entre 10s Puntos de Entrada de Ballena y El Porvenir Los gasoductos comprendidos entre 10s Puntos de Entrada de Ballena y El Porvenir seran regulados mediante cargos por distancia calculados con base en la metodologia general y criterios generales establecidos en 10s Art. 3, 4 y 5 de la presente Resolution.Con base en lo anterior, se estableceran cargos independientes de transporte para 10s siguientes gasoductos: a) Ballena -Barranca b) Barranca-Sebastopol c) Sebastopol-Vasconia d) Vasconia-La Belleza e) La Belleza-El Porvenir Parggrafo: Si durante 10s cinco arias correspondientes al primer Period0 Tarifario de aplicacion de la presente Resolution se requieren expansiones de capacidad par-a 10s gasoductos comprendidos entre 10s Puntos de Entrada de Ballena y el Porvenir, que impliquen modification a 10s cargos regulados aprobados, la RESOLUCION NUMERO 001 DE 19 8oENE zao’e 17122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remunerach de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. Comision podra establecer nuevos cargos para dichos gasoductos si lo encuentra justificado. 6.2.1 Disposiciones especiales para el gasoducto Ballena - Barranca El gasoducto Ballena-Barranca,se remunerara con base en la metodologia general y criterios generales establecidos en 10s Articulos 3, 4 y 5 de la presente Resolution, y dejara de ser de uso exclusive de ECOPETROL, coma lo dispuso el Articulo 61 de la Resolution CREG-057 de 1996, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolution. 6.3 Remuneracidn de servicios de transporte de Boca de Pozo a un Punto de Entrada al Sistema National de Transporte La remuneration de 10s servicios de transporte necesarios para la colocacion de volumenes de gas proveniente de cualquier camp0 de1 territorio national al Punto de Entrada de dicho gas en el Sistema National de Transporte esta a cargo de1 Productor-Comercializador correspondiente. 6.4 Neutralidad de1 servicio de transporte frente a operaciones de suministro de gas Para asegurar la neutralidad de1 servicio de transporte, 10s transportadores deberan ofrecer a 10s Remitentes las mismas Parejas de Cargos y las mismas modalidades de contratacion, cualquiera que sea el Productor-Comercializador o Comercializador que le ofrezca o suministre el gas al Remitente. 6.5 Regulacibn de Gasoductos Dedicados Para 10s gasoductos dedicados sobre 10s cuales un tercero solicite acceso, la CREG aplicara 10s criterios generales y el esquema general de cargos que se define en la presente Resolution. ARTiCULO 7”.-SOLICITUD DE CARGOS. Las empresas existentes y las nuevas empresas de transporte efectuaran solicitudes de cargos conforme se dispone a continuation: 7.1 Solicitud de cargos para empresas Transportadoras cuyo Period0 Tarifario haya concluido antes de la vigencia de la presente Resolucibn. Las empresas Transportadoras cuyo Period0 Tarifario haya concluido antes de la vigencia de la presente Resolution deberan presentar una solicitud que contenga coma minim0 la information que se indica en el Anexo 1. Con el fin de definir 10s cargos que aplicaran en el Period0 Tarifario siguiente a la vigencia de la presente Resolution, 10s Transportadores deberan remitir esta information dentro de1 mes siguiente a la fecha de publication de esta Resolution. En case de no recibir la informacibn requerida, la Comisih de Regulacih de Energia y Gas tomara 10s elementos de juicio que tenga a su disposition para frjar 10s cargos correspondientes. 7.2 Solicitudes futuras de cargos y cargos para nuevas empresas de transporte A partir de la vigencia de la presente Resolution, las empresas transportadoras kexistentes con cargos aprobados deberan presentar una solicitud que contengaI 0 0 ?DE 18122RESOLUCIONNUMER~19 2OENE 2000 HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneraci6n de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. coma minim0 la information que se indica en el Anexo 1, tres meses antes de1 vencimiento de1 respective Period0 Tarifario. De igual forma, toda nueva empresa de transporte que requiera cargos por servicios de transporte debera presentar una solicitud que contenga coma minim0 la information que se indica en el Anexo 1. En case de no recibir la information requerida, la Comision de Regulation de Energia y Gas tomara 10s elementos de juicio que tenga a su disposition para fijar 10s cargos correspondientes. Sin perjuicio de las facultades de imposition de accesos en cabeza de la CREG, un Transportador no podra remunerarse mediante cargos por la prestacion de servicios de transporte hasta tanto la CREG no le haya aprobado 10s cargos correspondientes. ARTiCULO So.-REVISION DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE NUEVAS INVERSIONES.La Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios -SSPD- revisara anualmente la ejecucion de1 Programa de Nuevas Inversiones de1 Period0 Tarifario, e informara a la CREG sobre su incumplimiento, la cual podra realizar 10s ajustes tarifarios correspondientes. ARTkXJLO 9”.-PROPIEDAD DE LOS ACTIVOS DE UN SISTEMA DE TRANSPORTE. Cuando una persona sea propietaria de activos de un Sistema de Transporte, y estos Sean de uso general, tendra las siguientes opciones: a)Convertirse en un Transportador. b) Conservar su propiedad y ser remunerado por el Transportador que 10s utilice. c) Venderlos. Cuando un Transportador utiliza activos de terceros, esta en la obligation de remunerar a 10s propietarios de dichos activos. El Transportador que utilice 10s activos de terceros que Sean de uso general es el responsable por su administration, operation y mantenimiento. ARTiCULO lo”.-CRONOGRAMA PARA LA FIJACION DE CARGOS DE TRANSPORTE.Una vez recibida la totalidad de la information que se estipula en el Articulo 7 de la presente Resolution, para la aprobacion de cargos de transporte la CREG dispondra de 10s plazos establecidos en la Ley 142 de 1994. ARTiCULO 1 lo.-FOND0 PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DE GAS. La parte correspondiente a aquellos activos resultantes de expansiones financiadas o cofinanciadas con recursos de1 Fondo Especial de que trata el Articulo 15 de la Ley 401 de 1997, deberan contabilizarse separadamente de 10s activos de la empresa Transportadora y no podrkr hater parte de 10s activos de ECOGAS o de cualquier otro Agente para el calculo de 10s Cargos Fijos y 10s Cargos Variables Regulados de referencia que remuneran costos de inversion, seg$n lo dispuesto en 10s numerales 5.2.1 y 5.2.2 de la presente Resolution. No obstante dichas inversiones se incluiran en el calculo de 10s Cargos Fijos Regulados para la remuneration de gastos de Administration, Operation y Mantenimiento,segun lo dispuesto en el numeral 5.2.3 de la presente Resolution. 10’ IDE 19 ZOENE 2000 19122RESOLUCION NUMERO HOJA N0.em.v Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. ARTICULO 12’.-VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION. La presente resolution rige a partir de la fecha de su publication en el Diario Oficial, y deroga todas las disposiciones que le Sean contrarias. NOTIFiQUESE, PUBLfQUESE Y CUMPLASE Dada en Santa Fe de Bogotk, el dia Presidente RESOLUCION NUMERO 00 1 DE 19 20ENE 2000 20122HOJA No..-..-.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. ANEXO 1 INFORMACION DE VOLUMENES Y DEMANDAS MAXIMAS ANUALES VOLUMEN Y DEMANDAS MAXIMAS ANUALES*Puntos de Salida Demandas MQximas de Capacidad (KPCD) y Demandas de Volljmenes anuales (KPC) desagregados por sectores de consume (Termoelktrico, Petroquimico, Industrial, Comercial, Residential y Otros); indicando presi6n de entrega y localizackh del nodo. Puntos de Entrada Volumen anual (KPC) y capacidad maxima anual utilizada (KPCD); indicando presi6n de inyeccih y localizaci6n del nodo. Demandas MQximas de Capacidad (KPCD), Demandas de Volumenes anuales transportados (KPC), Tramos de gasoducto capacidad anual contratada (KPC), capacidad mhxima (MPCD) y factores de carga desagregados por sectores de consumo (Termoektrico, Petroquimico, Industrial, Comercial, Residential y Otros); indicando localizaci6n v lonoitud del tramo. l Las empresas reportaran esta informaci6n conforme a lo establecido en el Art. 4” de esta Resolucih INFORMACION DE INVERSIONES Gasoductos ACTIVO”DESCRIPCIONAtio de entrada en operaci6n, Localizacibn, Dihmetro (pulg), Longitud (Km), N” de Valvulas, N” de Trampas de Raspadores, Capacidad MBxima del gasoductc (MPCD), Presibn de Entrada y Salida Cruces Subfluviales AfIo de entrada en operaci6n, Localizaci6n. DiPmetro (pulg) y Longitud (Km) Puntos de Entrada y Salida AfIo de entrada en operaci6n, Localizacih y Capacidad (KPCD) Estaciones de Compresi6n ARo de entrada en operaci6n, Localizacibn y Potencia (HP) Estaciones de Recibo y Entrega Afro de entrada en operacibn, Localizaci6n y Capacidad (KPCD) Sistema Scads Afro de entrada en operacibn, Localizaci6n y N” de nodos Sistemas de Comunicaci6n AAo de entrada en operaciCln, Localizaci6n y N” de estaciones repetidoras terrenas Muebles, Enseres y Equipos de Oficina Global Equipos de transporte; Computaci6n y Accesorios Global Terrenos e lnmuebles A170 de adquisici6n y Localizaci6n Centros Principales de Control Afro de entrada en operaci6n y Localizaci6n Otros Global + Todos 10s activos deben incluir 10s costos totales y deberan presentarse en cuadros separados las lnverslones exlstentes y las futuras.Nota: Las empresas deberhn presentar un mapa a escala correspondiente a su Sistema de Transporte. Las nuevas inversiones deberh estar sustentadas con un anAlisis de beneficio-costo que justifique estos proyectos RESOLUCION NUMERO 001 DE ,9 2biiiiE 2006 21122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneracih de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. INFORMACION GASTOS DE AO&M GASTOS DE ADMINISTRACION, OPERACldN Y MANTENIMIENTO0’5105 5110 5699 613502 613506 613507 613508 613509 7505 7510 7517 7535 7537 7540 7542 7545 7550 7560 7565 7570 DESCRIPCIONServicios Personales (Administracibn), incluyendo ntimero de empleados con desagregacih funcional Gastos Generales (Administraci6n). excluyendo imporenta Gastos Asociados a costos de producci6n y/o sewicios Ajuste. medici6n y entrega a clientes Mantenimiento Mercadeo Atenci6n a clientes y usuarios Facturaci6n y recaudo Servicios Personales (Produccih), incluyendo nlimero de empleados con desagregach funcional Gastos Generales (Producci6n). excluyendo imporenta Arrendamientos Contribuciones y regalias Consumo de insumos directos Ordenes y Servicios de mantenimiento Honorarios Setvicios Pirblicos Otros costos de operaci6n y mantenimiento Seguros lmpuestos (excluyendo Imporenta) Ordenes y contratos por otros sefvicios Il Plan de Contabilidad para Entes Prestadores de Servicios Ptiblicos Domiciliarios, SSP Nota: Las empresas deberhn reportar el ntimero de empleados desagregados por el Area administrativa y por el Brea operativa Ministro de Minas y EnergiaMinistro de Minas y Energia PresidentePresidente BALLERO ARGAEZ RESOLUCION NUMERO +‘. 0 0 1 DE 19 2OENE ZJOQ22122HOJA No.- Por la cual se establecen 10s criterios generales para determinar la remuneration de1 servicio de transporte de gas natural y el esquema general de cargos de1 Sistema National de Transporte. ANEXO 2METODOLOGiA PARA ESTABLECER LOS GASTOS DE ADMINISTRACION, OPERACIdN, Y MANTENIMIENTO EFICIENTES (AO&M) PARA LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE DE GAS (en USD/KPCD-MO) Para establecer 10s Gastos de AO&M eficientes, se adopta la metodologia de punto extremo:“Analisis Envolvente de Dates”. Esta metodologia se utiliza para evaluar la eficiencia relativa de un grupo de unidades administrativas o productivas, y permite construir una frontera de eficiencia relativa. Con la metodologia, si una muestra de Transportadores de un universo estan en capacidad de producir Y unidades de producto,dadas X unidades de insumos, entonces otros Transportadores deben estar en capacidad de hater lo mismo si operan eficientemente. Para tal efecto se seguira el siguiente procedimiento: a) Se depuran 10s Gastos de AO&M propuestos. b) Se toma el universo de empresas y una muestra international de empresas de transporte, y se aplica el modelo de “Analisis Envolvente de Datos”. c) La variable product0 esta relacionada con 10s Gastos de AO&M depurados de 10s Transportadores,utilizando insumos variables tales coma: Nivel de productividad (Planta de personal), Escala (Longitud y Capacidad de gasoductos) y Factor de Carga. d) Una vez definidos el product0 y 10s insumos, se establece una relation funcional entre 10s mismos que refleje la eficiencia relativa de cada Transportador. e) Mediante el modelo de optimization se establecen 10s parknetros que ponder-an, para cada Transportador,el peso relativo de 10s insumos, obteniendo el nivel de product0 eficiente para cada ansportador.A22CARLOStXBAi,LEROARGAEZ Ministro de Minas y Energia Presidente A