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HomeMy WebLinkAboutRESOLUCIÓN CREG 045 - Resolución Creg No.045 de 2002República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 0 4 5 DE 2002 ( 2 4 JUN. 2002 ) Por la cual se establece la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo período tarifario. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994 y los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 87 de la Ley 142 de 1994 establece como criterios para definir el régimen tarifario, aplicable a las actividades bajo el régimen de precios regulados, los de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia, y dispone que los criterios de eficiencia económica y suficiencia financiera tendrán prioridad en la definición del régimen tarifario; Que el Artículo 87.4 de la Ley 142 de 1994 establece que "por suficiencia financiera se entiende que las fórmulas de tarifas garantizarán la recuperación de los costos y gastos propios de operación, incluyendo la expansión, la reposición y el mantenimiento; permitirán remunerar el patrimonio de los accionistas de la misma forma en la que lo habría remunerado una empresa eficiente en un sector de riesgo comparable; y permitirán utilizar las tecnologías y sistemas administrativos que garanticen la mejor calidad, continuidad y seguridad a sus usuarios"; Que el Artículo 126 de la Ley 142 de 1994 establece que las fórmulas tarifarias tendrán una vigencia de 5 años y que vencido dicho período, estas continuarán rigiendo mientras la Comisión no fije las nuevas; Que la Resolución CREG-001 de 2002 sometió a consideración de los agentes, usuarios y terceros interesados, los criterios generales para remunerar las actividades de distribución y comercialización de gas combustible y las fórmulas generales para el servicio de distribución de gas combustible por redes de tubería. $P RESOLUCIÓN No. 0 4 5 DE 2 4 JUN. 2002 HOJA No. 2/4 Por la cual se establece la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo período tarifario. Que para efectos de su utilización en las fórmulas tarifarias que regirán para la actividad de distribución de gas combustible por redes durante el próximo período de vigencia, es necesario definir la tasa de retorno aplicable a dicha actividad; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión No. 187 del 24 de junio de 2002, aprobó las decisiones contenidas en la presente Resolución; RESUELVE: ARTÍCULO lo. Cálculo y Ajuste de la Tasa de Retorno. Los valores de los parámetros, la metodología y fuentes de información para el cálculo y ajuste de la tasa de retorno que se utilizará en las nuevas fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes, durante el próximo período tarifario, serán las establecidas en el Anexo "Parámetros, valores de los Parámetros, Metodología de Cálculo y Ajuste de las Tasas de Retorno para la Actividad de Distribución de Gas Combustible por Redes". PARÁGRAFO 1o. En el mes de junio del tercer año de vigencia del próximo período tarifario, se realizará un ajuste de la tasa de retorno con la información disponible de las fuentes establecidas en el Numeral 2 del Anexo de la presente Resolución denominado "Parámetros, Valores de los Parámetros, Metodología de Cálculo y Ajuste de las Tasas de Retorno para la Actividad de Distribución de Gas Combustible por Redes", actualizando únicamente los valores del costo de deuda, la tasa libre de riesgo y los spreads de la deuda soberana. PARÁGRAFO 2o. Una vez calculada la tasa de retorno en términos reales antes de impuestos aplicando la metodología contenida en el Anexo de la presente Resolución, se hará un solo ajuste al momento del cálculo, con un valor constante de 0.7%. ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Official. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., el día � LUISA FERNANDA LAFAURIE Ministra de Minas y Energía Presidente � a � ARDO ÍRE_Z C RERO c r Jecutiv (e) / A `RESÓLUCIÓN No. - 045 _ DE 2 4 JUN. 2002 HOJA No. 3/4 Por la cual se establece la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo período tarifario. ANEXO Parámetros, Valores de los parámetros, Metodología de Cálculo y Ajuste de las Tasas de Retorno para la Actividad de Distribución de Gas Combustible por Redes 1. Para el cálculo de las tasas de retorno, tr, se utilizarán las siguientes fórmulas: tr = (1 + WACCQi) / (1 +i) - 1 (1) WACC,,, = WACCdi / (1-T) (2) WACCdi = wD" (kD - T. kD)+ WE * kE (3) kE = rf + /Trn + IZrp (4) 7rrn = )fl * 7irm (S) ,6 = [1 + (1-T)) DIE J *,Q, (6) Donde tr : tasa de retorno en términos reales antes de impuestos i : tasa de inflación en dólares americanos T : tasa nominal de impuestos WACCQi : tasa WACC antes de impuestos WACCdi : tasa WACC después de impuestos kD : costo de la deuda kE costo del capital propio o equity D valor en porcentaje de endeudamiento E : valor en porcentaje del capital propio wD = D/(D+E) : peso ponderado de la deuda wE = E/(D+E) : peso ponderado del capital propio rf tasa libre de riesgo 7Zrn prima de riesgo del negocio /7r,n : prima de riesgo del mercado ,7rp : prima de riesgo país f- i2ESOLUCIÓN No. ® 4 5 DE 2 4 JUN, 2002 HOJA No. 4/4 Por la cual se establece la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de la tasa de retorno que se utilizará en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de gas combustible por redes para el próximo período tarifario. IJ : Beta ,& : Beta desapalancado 2. Los parámetros y los valores de los parámetros que se utilizarán en la aplicación de las fórmulas anteriores serán los siguientes: Variable Descripción Criterio Fuente Periodo Valores Costo de DTF + 4%, tasa Banco de la Promedio 10.40% kD la Deuda real equivalente República 24 meses D Peso ponderado Optimo 40.00% de la deuda Tasa Libre Bonos del US Federal Promedio 6 07% rf de Riesgo Tesoro a 20 años Reserve 24 meses Prima Riesgo Prima sobre el Ibbotson Promedio 7 80% ��m Mercado índice S&P 500 Associates 1926-2000 Beta Empresas Ibbotson SIC 60 meses 0.279 desa alancado pequeñas 4924 + 0.21 16 Beta apalancado 0.400 Prima Spreads Deuda Ministerio de Promedio 7drp Riesgo País Bonos Global Hacienda y 24 meses ° 6.19 /o 04, 06, 09 y 20 Crédito Público E Peso ponderado 60.00% del capital propio T, Tasa nominal de Ley Colombiana 35% im uestos i Inflación en Crecimiento anual esper US Fed. Reserve 2.60% Dólares (US) Livingston Survey de largo azo de Tasa Wacc WRAC (di) nominal después 1 1.93% de im uestos Tasa Wacc WRAC (di) nominal antes de 18.36% im uestos Tasa de retorno tr en términos 15.36% reales antes de im uestos Prima Constante Homogenización 0.7 % de mercados � -- LU�A FERNANDA LAFAURIE Ministra de Minas y Energía Presidente f C.�%• RI ARDOR, !REZ Direcinr Ejecutiv (e) &M�